La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia ha acordado el sobreseimiento provisional de las actuaciones por el contrato por el que el Consell asumió en julio de 2011, en sustitución de Bancaja, la condición de avalista de Valmor, empresa que organizaba la celebración de la Fórmula 1 en la ciudad, causa en la que únicamente figuraba como investigado el expresidente con el PP Francisco Camps y la última que seguía abierta por presuntas irregularidades en torno a la carrera.
La instructora, que ya archivó con anterioridad en dos ocasiones esta causa, concluye que no puede asegurarse que fuera Camps el que determinara la sustitución de Bancaja por Sociedad Parques Temáticos de la Comunitat Valenciana (SPTCV) «pues ninguna prueba existe respecto a este concreto aspecto».
El ministerio fiscal también había pedido el sobreseimiento al considerar que no había quedado suficientemente acreditado que los hechos constituyeran infracción penal, al igual que sostenía el propio Camps, mientras que la Abogacía de la Generalitat pedía su procesamiento.
La magistrada coincide con la defensa en que las conversaciones sobre el contrato se remontan con «mucha anterioridad» a la fecha de firma, el 19 de julio de 2011, por documentos contenidos en los correos electrónicos, y que no consta «en modo alguno» que Camps diera «concretas instrucciones» sobre el contenido y redacción de ese acuerdo «ignorándose si es exacta la fecha de la firma el 19 de julio» y sostiene que es «más probable» que fuera una semana antes.
Respecto a si fue Camps quien dio la orden para la firma tras mantener conversaciones con el magnate de la F1, Bernie Ecclestone, de que se firmara y se incluyera a la Generalitat como garante, «no puede asegurarse» ese extremo ni que dos subordinados del expresident dieran esas instrucciones desde el extranjero y que «de manera precipitada» se acordara también por el exjefe del Consell la sustitución de Valmor como avalista.
Además, añade que, según una de las asesoras de Camps que en su día declaró como investigada, en las reuniones sobre el contrato «nunca» estaba el expresident y que realmente no se trataba de un aval sino de la sustitución de garantía de los derechos comerciales.
REABIERTA POR LA AUDIENCIA
En octubre de 2019 la sección segunda de la Audiencia de Valencia ordenó revocar parcialmente el sobreseimiento de la causa abierta por la organización del Gran Premio de Fórmula 1 en la capital del Turia, a través de Valmor Sports, para investigar «la indicación u orden de firma de la asunción por la Generalitat Valenciana de la condición de avalista en el convenio, acta o documento de fecha 19 de julio de 2011». De este modo, estimaba parcialmente el recurso que presentó la Abogacía de la Generalitat al archivo de este procedimiento.
En este caso, el fiscal rechazaba tanto la existencia de prevaricación administrativa como malversación al alegar que no toda ilegalidad administrativa debe reconducirse al procedimiento penal; que las obligaciones contenidas en el contrato de 19 de julio de 2011 no contemplan obligaciones financieras a cargo de la administración sino «obligaciones de hacer» dirigidas a asegurar la cesión de los derechos comerciales.
En esta línea, entendía que la garantía firmada en el contrato de 19 de julio de 2011 «no generó ninguna consecuencia económica para la administración»; que nunca entró en vigor o tuvo una eficacia muy corta y no hubo perjuicio para el patrimonio público y tampoco lo generó la compra de Valmor en marzo de 2012 por parte de Circuito del Motor, que asumió directamente la organización del evento y las obligaciones de los contratos firmados con la organización de la F1.
Por contra, la Abogacía entendía que no se podía descartar que Camps obrara «no ya sin la debida prudencia» a la hora de «comprometer» a la Generalitat sino «ejerciéndola sin valorar de forma deliberada y consciente si jurídicamente era factible» llegar al compromiso alcanzado; que debería haber solicitado informes a los órganos correspondientes; que se prescindió de los procedimientos previstos legalmente y que Camps sabía que «era inviable económicamente» esa negociación.
Además, sostenía que el contrato de derechos surtió efectos «de manera inmediata y retroactiva» y que, por muy limitada que fuera su eficacia en el tiempo, una vez firmado, era «suficiente» para atribuir a la Generalitat la obligación de responder «cualquiera que fueran las vicisitudes que sufriera Valmor».
Por su parte, la defensa del expresident alegaba que permaneció al margen «de la tramitación, sustanciación, negociación y redacción» de la forma por no ostentar ni asumir las competencias propias y por la propia aplicación de la Ley de Gobierno de la Generalitat, y apuntaba a que la propia Abogacía y abogados fueron quienes dieron la redacción al documento.
La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia decretó recientemente el sobreseimiento provisional de las diligencias previas de la causa relativa a los contratos con proveedores adjudicados por la empresa pública Circuito Motor para la organización del Gran Premio de Fórmula 1. Tanto la Fiscalía Anticorrupción como las defensas también habían pedido el archivo.