El Ministerio del Interior ha transferido al Gobierno de Canarias una partida de 10,5 millones de euros en concepto de subvención directa para cofinanciar la compra de hasta 107 viviendas y de los enseres de primera necesidad para el realojo de las personas que han perdido su hogar de residencia por la erupción del volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha firmado este lunes la orden de transferencia, después de que el Gobierno de Canarias haya realizado los trámites administrativos pertinentes.
La transferencia de los 10,5 millones de euros fue aprobada el pasado 28 de septiembre por el Consejo de Ministros, en el marco de la declaración de La Palma como zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil y dentro de un paquete de medidas, tanto urgentes como enfocadas a medio plazo, destinadas a ayudar a las personas afectadas por la erupción del Cumbre Vieja y a articular la recuperación económica de la isla y la reconstrucción de las infraestructuras.
El Gobierno de Canarias deberá destinar 5,5 millones de los fondos transferidos este lunes a la adquisición de las 107 viviendas previstas por el Ejecutivo autonómico para realojar a los damnificados, mientras que los 5 millones restantes serán destinados a subvencionar la adquisición de los enseres de primera necesidad necesarios para la habitabilidad de esas viviendas o de las dañadas por las distintas coladas de lava.
MÁS AYUDAS
Estos 10,5 millones de euros forman parte de una primera partida de ayudas. La dimensión y magnitud de esta catástrofe natural, así como la imprevisibilidad de su evolución y duración, han llevado al Gobierno a aprobar, en el Consejo de Ministros celebrado el pasado 5 de octubre, un segundo paquete de medidas de asistencia y apoyo a los afectados, así como para la reparación de sus consecuencias y el impulso de la reconstrucción económica, social, laboral y medioambiental.
En cumplimiento de este acuerdo, el Ministerio del Interior trabaja ya para facilitar a los damnificados el acceso a las ayudas destinadas a paliar daños personales y en viviendas y establecimientos industriales, mercantiles y de servicios; a corporaciones locales por gastos ocasionados para hacer frente a la emergencia, y a personas físicas o jurídicas por prestaciones personales y de bienes.
Entre las ayudas que prepara el Ministerio del Interior figuran las ayudas por daños personales, donde se aplicará el régimen ordinario del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, pero quedarán exentas del IRPF.
En las ayudas destinadas a paliar daños en viviendas, se admitirá como medio de prueba para acreditar la titularidad del inmueble cualquier documento que lo demuestre, como los recibos de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles u otros análogos. Se podrá acreditar la cuantía del daño mediante un certificado del órgano autonómico competente. No se aplicarán los límites de los ingresos anuales netos para ser beneficiario. Se duplican las cuantías máximas de las ayudas, pasando a ser las siguientes:
Por destrucción total de la vivienda habitual se darán ayudas de 30.240 euros; por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, 20.640 euros, y por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, 10.320 euros; por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, 18.448 euros.
En el caso de las ayudas destinadas a paliar daños en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, cuando el interesado hubiese sido indemnizado por el Consorcio de Compensación de Seguros con aplicación de la franquicia prevista en el régimen del seguro de riesgos extraordinarios, se podrá conceder una subvención de hasta el 7 por ciento de la cuantía de los daños indemnizables, hasta un importe máximo de 9.224 euros, siempre que no se supere en total la cuantía del daño causado.
También se incluye ayudas a corporaciones locales por gastos ocasionados para hacer frente a la emergencia. El importe de las ayudas pueda extenderse hasta el 100 por ciento de los gastos. Con respecto a las ayudas a personas físicas o jurídicas por prestaciones personales y de bienes, se aplicará el régimen ordinario del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo.
El real decreto-ley aprobado el pasado martes concede un plazo excepcional de seis meses para solicitar las ayudas a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias, competente para tramitar y resolverlas. Esa misma norma incluye un amplio paquete de ayudas competencia de otros ministerios. En conjunto, el Gobierno ha movilizado más de 213 millones de euros con el fin de dar una respuesta transversal, específica y suficiente a la emergencia, y que permita lograr una recuperación sólida, rápida e integral.