El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico ha abierto los procesos de consulta pública previa de la Estrategia de Almacenamiento y la Hoja de Ruta de Hidrógeno Renovable.
Estos dos documentos son necesarios para alcanzar los objetivos fijados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y, con ello, «mejorar la competitividad de los sectores económicos del país y avanzar hacia la consecución de la neutralidad climática en 2050, en línea con la declaración de emergía climática del Gobierno de España, el Acuerdo de París y el consenso científico y social en torno a la acción climática», informó el gabinete dirigido por Teresa Ribera.
En concreto, la ‘hoja de ruta’ a 2030 trazada por el Ejecutivo aborda la oportunidad que representan los excedentes de energía eléctrica generada, que pueden ser aprovechados con un sistema de almacenamiento complejo. Para poder desarrollar estos sistemas en España, en donde el PNIEC prevé alcanzar los 6 gigavatios (GW) de almacenamiento para la próxima década en el sector eléctrico, la elaboración de una estrategia resulta fundamental.
En el contexto de la transición energética, el almacenamiento es una de las oportunidades a afrontar en el futuro para una plena descarbonización del sistema energético y una efectiva integración de las tecnologías renovables.
Además, en el sector eléctrico existen otras aplicaciones que muestran los beneficios del almacenamiento para sistemas aislados, suministrando servicios de red y como una de los instrumentos para fomentar el autoconsumo y, en consecuencia, incrementar la participación ciudadana en el sector energético. De igual modo, en sectores como la industria, la edificación y la movilidad, el almacenamiento también abre un abanico de oportunidades.
De igual modo, el PNIEC apunta que los gases renovables constituyen uno de los vectores energéticos que puede emplearse tanto para la generación de electricidad como para cubrir la demanda en procesos industriales de alta temperatura y, también, en el transporte.
Al igual que ocurre con el almacenamiento, el plan indica la necesidad de elaborar una hoja de ruta que aborde y estructure el potencial del hidrógeno como vector de descarbonización.
HOJA DE RUTA DEL HIDRÓGENO RENOVABLE.
La Hoja de Ruta de Hidrógeno Renovable responde a la necesidad de guiar su despliegue y desarrollo como vector energético y flexible en la descarbonización de la economía, dado que, por una parte, permite integrar la electricidad renovable excedentaria y desplazar el uso de materias primas industriales o fuentes de energía de origen fósil; y, por otra, abre una nueva ruta tecnológica para el transporte.
El documento también está alineado con las acciones previstas en el contexto europeo. Entre ellas, el Pacto Verde Europeo (Green Deal) incluye en su la aprobación de varias estrategias y mecanismos de financiación para la promoción y el desarrollo de aspectos relacionados con la cadena de valor del hidrógeno renovable.
El Ministerio para la Transición Ecológica señaló que ambos documentos se consideran «esenciales» para la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 2021-2030, que ya ha sido enviado a la Comisión Europea y que continúa su Evaluación Ambiental Estratégica.
SINERGIAS.
De igual modo, se trata de dos iniciativas que pueden beneficiarse de sinergias en sus respectivos procesos de elaboración. Uno de los sistemas de almacenamiento disponible tecnológicamente es el hidrógeno.
Además, el Ministerio destaca que tanto la estrategia como la hoja de ruta permitirán anticipar las necesidades para el desarrollo de cadenas de valor industrial en el territorio para optimizar sus respectivos despliegues en el país.
Por ello, se ha decidido iniciar la elaboración de los dos textos de manera simultánea, lo cual puede favorecer que las aportaciones de ambos procesos se realicen con enfoques integrados.
SUSPENDIDO PLAZO PARA CONTRIBUCIONES HASTA EL FIN DEL ESTADO DE ALARMA.
Las consultas previas de la Estrategia de Almacenamiento y de la Hoja de Ruta del Hidrógeno Renovable estarán abiertas durante 15 días. No obstante, el plazo para presentar contribuciones se encuentra suspendido hasta la finalización del estado de alarma, de conformidad con la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.