Bizum se ha colado en nuestras vidas casi sin darnos cuenta, facilitando desde el pago de una caña entre amigos hasta la división de gastos comunes con una agilidad impensable hace apenas unos años. Pocos imaginan que, tras esa facilidad para mover dinero de móvil a móvil, la sombra de Hacienda vigila con creciente interés estos flujos monetarios digitales. Lo que empezó como una herramienta para microtransacciones ahora mueve volúmenes que no pasan desapercibidos para el ojo atento de la Agencia Tributaria, especialmente cuando ciertos patrones o cantidades entran en juego y encienden las luces de advertencia.
La comodidad de saldar cuentas al instante con un simple número de teléfono ha normalizado transferencias que, acumuladas, pueden alcanzar cifras significativas. Es precisamente esta acumulación, junto con ciertas prácticas de fraccionamiento, lo que ha puesto a Bizum en el radar fiscal. No se trata de demonizar una herramienta útil, sino de entender que el entorno digital no es un espacio opaco para las obligaciones tributarias, y que la Agencia Tributaria dispone de mecanismos para cruzar datos y detectar posibles irregularidades o ingresos no declarados que circulan a través de esta popular plataforma de pagos instantáneos.
4¿QUÉ PASA SI TE PASAS? LAS POSIBLES CONSECUENCIAS FISCALES

Si Hacienda detecta movimientos sospechosos en Bizum, ya sea por superar el umbral de los 10.000 euros anuales o por patrones de fraccionamiento, lo más probable es que inicie un requerimiento de información. Se solicitará al contribuyente que aclare el origen y la naturaleza de esos fondos, pudiendo exigir documentación acreditativa como facturas, contratos o justificantes bancarios. La falta de una explicación convincente o la imposibilidad de justificar legalmente esos ingresos puede derivar en la consideración de dichos importes como ganancias patrimoniales no justificadas o rendimientos de actividades económicas no declarados.
En caso de que no se pueda justificar adecuadamente el origen del dinero recibido por Bizum y Hacienda concluya que se trata de ingresos ocultos, las consecuencias pueden ser significativas. Esto podría implicar la liquidación del impuesto correspondiente (generalmente IRPF o IVA, según proceda), más los intereses de demora y, dependiendo de la gravedad y la cuantía, la imposición de sanciones tributarias que pueden oscilar entre el 50% y el 150% de la cuota defraudada. Es crucial, por tanto, no subestimar la vigilancia que Hacienda ejerce sobre estas plataformas.