martes, 29 abril 2025

Hacienda vigila este movimiento en Bizum: la cantidad exacta que dispara las alarmas

Bizum se ha colado en nuestras vidas casi sin darnos cuenta, facilitando desde el pago de una caña entre amigos hasta la división de gastos comunes con una agilidad impensable hace apenas unos años. Pocos imaginan que, tras esa facilidad para mover dinero de móvil a móvil, la sombra de Hacienda vigila con creciente interés estos flujos monetarios digitales. Lo que empezó como una herramienta para microtransacciones ahora mueve volúmenes que no pasan desapercibidos para el ojo atento de la Agencia Tributaria, especialmente cuando ciertos patrones o cantidades entran en juego y encienden las luces de advertencia.

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La comodidad de saldar cuentas al instante con un simple número de teléfono ha normalizado transferencias que, acumuladas, pueden alcanzar cifras significativas. Es precisamente esta acumulación, junto con ciertas prácticas de fraccionamiento, lo que ha puesto a Bizum en el radar fiscal. No se trata de demonizar una herramienta útil, sino de entender que el entorno digital no es un espacio opaco para las obligaciones tributarias, y que la Agencia Tributaria dispone de mecanismos para cruzar datos y detectar posibles irregularidades o ingresos no declarados que circulan a través de esta popular plataforma de pagos instantáneos.

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LA CIFRA MÁGICA: ¿CUÁNDO SALTA LA LIEBRE DE LOS 10.000 EUROS?

Fuente Pexels

El umbral que activa las alertas automáticas se sitúa en los 10.000 euros anuales acumulados en transferencias recibidas a través de Bizum por un mismo usuario. Es importante matizar que no se trata de una cantidad por operación, sino del total recibido a lo largo de un año natural, una cifra que obliga a las entidades bancarias a comunicar dicha información directamente a la Agencia Tributaria. Este límite coincide con las normativas generales de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, aplicándose también a otros tipos de movimientos bancarios y no siendo exclusivo de Bizum.

Superar este límite anual no implica automáticamente una sanción o una inspección, pero sí garantiza que Hacienda tendrá constancia de esos ingresos y podrá solicitar justificación sobre su origen si lo considera oportuno. La clave reside en poder demostrar que esos fondos provienen de fuentes legítimas y declaradas, o que corresponden a movimientos entre cuentas propias o regalos exentos, ya que la carga de la prueba recae sobre el contribuyente una vez que Hacienda pone el foco sobre esos movimientos. La transparencia y la capacidad de justificar el origen del dinero son esenciales para evitar problemas.

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