martes, 29 abril 2025

La Audiencia Nacional pide al CNI que investigue si el apagón fue un sabotaje

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado incoar diligencias previas para investigar si el apagón en la red eléctrica española de ayer que afectó a todo el territorio nacional pudo ser un acto de sabotaje informático en infraestructuras críticas españolas y que en ese caso encajarían en un delito de terrorismo del artículo 573.1 y 2 del Código Penal. Ha pedido al CNI que emita un informe sobre un posible sabotaje sobre el apagón del lunes.

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En un auto, el magistrado acuerda como primeras diligencias requerir al Centro Criptológico Nacional (CCN), dependiente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y a Red Eléctrica Corporación SA la elaboración de sendos informes para que en un plazo improrrogable de diez días indiquen la o las causas que motivaron el apagón. Del mismo modo, solicita a la Jefatura de Información de Policía para que, también en un plazo de diez días, presente informe preliminar sobre los hechos acontecidos.

El juez explica que el incidente ocurrió ayer sobre las 12.30 hora española y afectó a sistemas informáticos que soportan infraestructuras que proporcionan los servicios esenciales a la sociedad como salud, energía, industria, transporte, etc., lo que ha supuesto «una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos».

El auto recoge la explicación facilitada por el Gobierno de que «se han perdido» de forma súbita durante 5 segundos 15 GW de la energía que se estaba produciendo en ese momento, lo que equivale al 60 por ciento de la luz que se estaba consumiendo, siendo «algo que no había ocurrido jamás».

Calama indica que, si bien en este momento la causa de los hechos resulta desconocida, «el ciberterrorismo se encuentra entre unas de las posibles». Por tanto, resulta necesaria, según el juez, la apertura de una investigación judicial.

El titular del Juzgado Central de Instrucción 4 explica que conforme al artículo 573 del Código Penal los delitos informáticos pueden ser calificados como terrorismo cuando su finalidad sea desestabilizar gravemente el orden constitucional o el funcionamiento de los servicios esenciales.

El instructor, en su resolución, examina la legislación nacional y europea en materia de protección de infraestructuras críticas y lucha contra el ciberterrorismo y que, en el caso de España, llevó al legislador a introducir en el Código Penal este fenómeno dentro de los delitos de terrorismo. En concreto, en el artículo 573. 2 en el que inicialmente encajarían los hechos «en el caso de que su origen hubiera estado auspiciado en la forma y con alguna de las finalidades descritas en dicho tipo penal».

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Calama hace referencia a que el «Informe sobre ciberamenazas y tendencias de 2017 del Centro Criptológico Nacional afirmaba que el mayor peligro es el ataque con origen en estados extranjeros. Así ocurrió en el caso de los ciberataques a compañías de electricidad de Ucrania que, en 2016 ocasionaron un apagón, provocando que millones de personas se quedaran sin energía eléctrica».

Y aduce que «la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2019, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional, expresa que la cibercriminalidad hace referencia al conjunto de actividades ilícitas cometidas en el ciberespacio que tienen por objeto los elementos, sistemas informáticos o cualesquiera otros bienes jurídicos, siempre que en su planificación, desarrollo y ejecución resulte determinante la utilización de herramientas tecnológicas en función de la naturaleza del hecho punible en sí, de la autoría, de su motivación o de los daños infligidos, se podrá hablar así de ciberterrorismo, de ciberdelito, o en su caso, de hacktivismo» y añade que «los grupos terroristas tratan de aprovechar las vulnerabilidades del ciberespacio para realizar ciberataques. Íntimamente relacionado con ello, se halla la amenaza contra las infraestructuras críticas, con la posibilidad cierta de causar un colapso a través de las redes mediante una caída en cadena de los servicios esenciales».

Por eso Calama requiere al CCN «la emisión de un informe sobre los hechos que en el día de ayer motivaron el cese de suministro eléctrico en el territorio peninsular y concretamente sobre la causa o causas que motivaron la pérdida súbita, durante cinco segundos, 15 GW de la energía que se estaba produciendo en ese momento».

Calama también ha encomendado a la Comisaría General de Información de Policía Nacional «la investigación de los hechos objeto de la presente causa, con presentación de un informe preliminar en el plazo de diez días».

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