jueves, 24 abril 2025

La DGT confirma: este gesto ‘inocente’ con la mano mientras conduces te puede acarrear 100€ de multa

En plena época estival, con el calor apretando y las ventanillas bajadas, muchos conductores optan por sacar el codo mientras circulan por nuestras carreteras. Lo que parece un gesto inofensivo y refrescante se ha convertido en objeto de controversia después de que la DGT haya confirmado que puede considerarse una infracción sancionable. Esta práctica tan común y aparentemente inocua podría vaciarnos el bolsillo con hasta 100 euros de multa por considerarse, en determinadas circunstancias, una conducción negligente.

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El debate sobre los límites entre la comodidad al volante y la seguridad vial ha vuelto a ponerse sobre la mesa tras las recientes declaraciones de portavoces oficiales. En las últimas semanas, varios conductores han sido sancionados por llevar el brazo fuera del habitáculo del vehículo de forma continuada, lo que ha generado cierta confusión entre los usuarios de la vía. Mientras algunos consideran esta medida como excesiva, otros defienden que cualquier postura que pueda comprometer la capacidad de reacción al volante debe ser objeto de sanción.

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¿CUÁNDO PUEDE CONSIDERARSE UNA INFRACCIÓN SANCIONABLE?

Fuente: Freepik

La clave para determinar si sacar el codo por la ventanilla es sancionable reside en la duración y las circunstancias en las que se realiza dicha acción. Los expertos en seguridad vial consultados coinciden en señalar que no es lo mismo un gesto puntual que mantener el brazo fuera del vehículo durante kilómetros. La DGT ha aclarado que la infracción se produce cuando esta postura se mantiene de forma continuada, especialmente en situaciones de tráfico denso o al circular por vías estrechas donde el espacio entre vehículos es reducido, incrementando así el riesgo tanto para el conductor como para otros usuarios.

Los agentes de tráfico disponen de un amplio margen de interpretación a la hora de valorar estas situaciones. En zonas urbanas con tráfico intenso o en carreteras convencionales con elevada presencia de ciclistas, la probabilidad de que esta conducta sea sancionada aumenta considerablemente al incrementarse el riesgo potencial para todos los implicados. No obstante, en vías amplias, con poco tráfico y a velocidades moderadas, lo habitual es que los agentes opten por una simple advertencia verbal antes de proceder a la imposición de una sanción económica.

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