Las vacaciones soñadas, esa escapada de fin de semana tan necesaria o el viaje de trabajo crucial pueden convertirse en una auténtica pesadilla si nuestro vuelo sufre un percance inesperado. Pocas cosas generan más frustración que ver cómo los planes se desmoronan en la pantalla de información del aeropuerto, pero es fundamental saber que como pasajeros tenemos derechos que nos amparan, y la OCU juega un papel crucial informando sobre ellos. Estar informado es la primera línea de defensa ante los imprevistos aéreos, permitiendo transformar la impotencia inicial en una acción decidida para reclamar lo que nos corresponde por ley.
No se trata de un capricho ni de una concesión graciosa por parte de las aerolíneas; hablamos de derechos blindados por una normativa europea específica, el Reglamento (CE) 261/2004. Este marco legal establece una serie de compensaciones económicas y asistencias obligatorias cuando se producen grandes retrasos, cancelaciones de última hora o situaciones de denegación de embarque por overbooking. Conocer estos detalles, que van desde reembolsos y vuelos alternativos hasta indemnizaciones que pueden alcanzar los 600 euros por pasajero, marca la diferencia entre resignarse a perder tiempo y dinero o ejercer activamente nuestros derechos como consumidores bien informados.
4OVERBOOKING: CUANDO VENDEN MÁS BILLETES DE LA CUENTA

La práctica del overbooking o sobreventa consiste en vender más plazas de las disponibles en el avión, contando con que un porcentaje de pasajeros no se presentará. Sin embargo, cuando todos los pasajeros con reserva confirmada acuden al embarque, algunos se ven obligados a quedarse en tierra, una situación conocida como denegación de embarque involuntaria. Antes de llegar a este extremo, la aerolínea debe buscar voluntarios que renuncien a su plaza a cambio de ciertos beneficios negociados (compensaciones, bonos, cambio a un vuelo posterior). La OCU siempre recomienda negociar bien estas compensaciones si se decide ser voluntario.
Si nadie se ofrece voluntario y la aerolínea te deniega el embarque contra tu voluntad, tus derechos son prácticamente idénticos a los de una cancelación de última hora. Tienes derecho a la asistencia (comida, bebida, alojamiento si es necesario), a elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo hasta tu destino final, y, muy importante, a recibir la misma compensación económica que en casos de cancelación o gran retraso (250, 400 o 600 euros según la distancia del vuelo). La OCU enfatiza que esta compensación es obligatoria y no una cortesía de la compañía aérea en casos de denegación forzosa.