sábado, 26 abril 2025

La DGT te puede multar por llevar esto en el coche, aunque creas que es legal

El interior de nuestro vehículo es ese espacio personal que solemos personalizar a nuestro gusto con pequeños detalles que lo hacen más acogedor y agradable. La DGT, sin embargo, tiene mucho que decir sobre ciertos elementos decorativos que pueden parecer inofensivos pero que realmente comprometen la seguridad vial. Uno de los más populares y a la vez controvertidos son esos pequeños ambientadores que cuelgan del espejo retrovisor, presentes en miles de vehículos españoles y que, pese a su aparente inocuidad, pueden suponer una infracción sancionable.

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Lo que muchos conductores desconocen es que algo tan común como un ambientador colgante puede convertirse en motivo de multa durante un control rutinario. La normativa de tráfico española es bastante clara al respecto, aunque pocos se detienen a leerla con detención antes de colgar cualquier objeto del retrovisor. esos pequeños elementos decorativos pueden obstaculizar seriamente el campo visual necesario para una conducción segura, provocando puntos ciegos o distracciones que multiplican el riesgo de sufrir un accidente. La DGT no persigue estos elementos por capricho, sino por una cuestión fundamental de seguridad que afecta a todos los usuarios de las vías públicas.

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OTROS OBJETOS COMUNES QUE LA DGT TAMBIÉN SANCIONA

Fuente: Pexels

Los ambientadores colgantes no son los únicos elementos que pueden provocar una multa por parte de la DGT. Existe toda una categoría de objetos habituales en los coches españoles que incumplen la normativa de visibilidad y seguridad. Los diplomas universitarios miniatura, medallas religiosas, fotografías o peluches que muchos conductores cuelgan del retrovisor central están igualmente prohibidos. todos estos elementos, por pequeños que sean, entran en la misma categoría de objetos que reducen la visibilidad y pueden distraer al conductor durante la marcha.

Los dispositivos GPS o soportes para teléfonos móviles mal ubicados también son objeto frecuente de sanciones por parte de la DGT. Aunque estos dispositivos son legales y a menudo necesarios para la navegación, su ubicación debe ser estratégica para no interferir con el campo visual principal. La norma básica es situar cualquier dispositivo en zonas que no obstruyan la visión frontal ni lateral, preferiblemente en la parte baja del salpicadero o mediante soportes específicamente diseñados que cumplan con la normativa de seguridad. La DGT recomienda revisar la ubicación de todos los elementos adicionales instalados en el vehículo para evitar sorpresas desagradables durante los controles. No se trata solo de evitar multas, sino de garantizar que nuestra conducción sea lo más segura posible.

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