sábado, 19 abril 2025

OCU lo deja claro: esta cláusula en tu seguro de tu coche te puede dejar sin ayuda

El seguro del coche es, para la mayoría de los conductores españoles, esa red de seguridad imprescindible que nos permite circular con cierta tranquilidad por las carreteras. Contratamos una póliza confiando en que, llegado el momento de un siniestro, la compañía responderá como esperamos, pero la realidad, advertida en no pocas ocasiones por la OCU, es que la letra pequeña de los contratos puede esconder trampas inesperadas que merman considerablemente la ayuda recibida o, en el peor de los casos, la anulan por completo. Esas cláusulas, a menudo redactadas con una terminología compleja y situadas estratégicamente para pasar desapercibidas, son las que marcan la diferencia entre una solución efectiva y un auténtico quebradero de cabeza económico y personal.

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Entender a fondo qué firmamos es crucial, porque las pólizas de seguro no son documentos estándar y las diferencias entre unas y otras pueden ser abismales, especialmente en lo que respecta a las limitaciones y exclusiones. El diablo, como suele decirse, está en los detalles, y en el ámbito de los seguros de automóvil, esos detalles pueden traducirse en miles de euros de diferencia a la hora de afrontar la reparación de un vehículo o la indemnización por un siniestro total. Ignorar estas advertencias, como las que periódicamente lanza la Organización de Consumidores y Usuarios, es un riesgo que ningún conductor debería permitirse correr, ya que las consecuencias de una cláusula limitativa aplicada en el momento menos oportuno pueden ser devastadoras para nuestra economía familiar y nuestra capacidad de movilidad.

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EXCLUSIONES SORPRESA: LO QUE TU SEGURO DECIDE NO PAGAR

Fuente Freepik

Más allá de la cuantía de la indemnización, otro frente de batalla habitual son las exclusiones de cobertura. Se trata de circunstancias o tipos de daños específicos que la póliza explícitamente indica que no cubrirá, y que a menudo se encuentran detallados en cláusulas que el asegurado pasó por alto al contratar. Estas exclusiones pueden ser muy variadas, abarcando desde daños producidos en condiciones particulares hasta la falta de cobertura para ciertos accesorios del vehículo si no fueron declarados expresamente y valorados en la póliza.

Ejemplos comunes incluyen daños ocurridos mientras se conduce por vías no aptas para la circulación, daños derivados de fenómenos meteorológicos extraordinarios si no se tiene contratada la cobertura específica a través del Consorcio de Compensación de Seguros, o incluso la falta de cobertura para elementos como llantas especiales, equipos de sonido no de serie o bacas y cofres de techo. La OCU insiste en la importancia de revisar este apartado detenidamente, ya que lo que no está explícitamente cubierto o está expresamente excluido, simplemente no será indemnizado por la compañía aseguradora principal.

La falta de declaración de accesorios o modificaciones realizadas en el vehículo es una fuente frecuente de problemas. Si hemos instalado unas llantas más caras, un sistema de navegación avanzado o cualquier otro extra no original, es fundamental comunicarlo a la aseguradora y, si es necesario, incluirlos específicamente en la póliza pagando la sobreprima correspondiente. De lo contrario, en caso de robo o daño de estos elementos, la compañía se negará a cubrirlos alegando que no formaban parte del equipamiento de serie asegurado, una advertencia recurrente que realiza la OCU a los consumidores.

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