El sol aprieta en la península y las gafas de sol se convierten en un complemento casi indispensable para miles de conductores. Sin embargo, un gesto tan aparentemente inofensivo como colocar esas gafas sobre la cabeza mientras no se usan, o no llevar puestas las que necesitamos por prescripción médica, puede acarrear una sanción económica considerable. La DGT, en su constante labor por velar por la seguridad vial, aplica normativas que a menudo generan sorpresa y debate entre los usuarios de la vía, recordándonos que la atención al volante debe ser máxima y cualquier potencial distracción o limitación visual puede tener consecuencias.
Lejos de ser una leyenda urbana o un rumor exagerado, la posibilidad de ser multado con 200 euros por estas prácticas es una realidad contemplada en el marco regulatorio vigente. No se trata de una normativa específica que prohíba explícitamente llevar las gafas de sol de esta manera o no usar las graduadas, sino que se ampara en artículos más generales del Reglamento General de Circulación que obligan a mantener la atención permanente, el campo de visión necesario y la libertad de movimientos. Comprender el porqué de estas sanciones ayuda a entender la filosofía de la DGT respecto a la conducción segura y a evitar sorpresas desagradables en forma de multa.
2LA IMPORTANCIA DE VER BIEN: MULTA POR NO USAR LAS GAFAS GRADUADAS

El caso de no llevar puestas las gafas de sol graduadas cuando se necesitan es diferente, pero igualmente sancionable y quizás con una justificación más evidente desde el punto de vista de la seguridad. Si en el permiso de conducir figura el código 01, significa que el titular necesita corrección visual (gafas o lentillas) para conducir, una condición indispensable para garantizar una agudeza visual adecuada al volante. No cumplir con esta obligación implica una merma significativa en la capacidad para percibir el entorno, anticipar peligros y reaccionar a tiempo, poniendo en riesgo la propia seguridad y la de los demás.
En esta situación, la multa de 200 euros no se aplica por el hecho de llevar o no gafas de sol, sino por incumplir las condiciones bajo las cuales se otorgó el permiso de conducir. La DGT es muy estricta con los requisitos psicofísicos necesarios para manejar un vehículo, y la visión es uno de los más cruciales. Por tanto, si se requiere corrección visual y se conduce sin ella, incluso si las condiciones de luz solar intensa harían aconsejable el uso de gafas de sol graduadas y no se llevan, se está cometiendo una infracción grave que afecta directamente a la capacidad de conducción segura.