Las luces de emergencia representan uno de los sistemas de seguridad más importantes con los que cuenta cualquier vehículo en nuestro país. La DGT ha intensificado su campaña para concienciar a los conductores sobre el uso correcto de este dispositivo, también conocido coloquialmente como «warning». Estas luces intermitentes, que encienden simultáneamente todos los indicadores del vehículo, tienen como finalidad advertir al resto de usuarios de la vía sobre una situación de peligro o emergencia.
Sin embargo, existe una confusión generalizada sobre cuándo es apropiado utilizarlas, llevando a muchos conductores a incurrir en infracciones sin ser conscientes de ello. El uso indebido de las luces de emergencia puede acarrear sanciones económicas considerables que muchos conductores desconocen hasta que reciben la notificación. No son pocos los que piensan erróneamente que al activar este sistema están automáticamente habilitados para detenerse momentáneamente en cualquier lugar, una percepción que la DGT se esfuerza por corregir mediante campañas informativas y controles en distintos puntos del territorio español.
LA DGT ACLARA CUÁNDO ESTÁ PERMITIDO UTILIZAR LAS LUCES DE EMERGENCIA

El organismo encargado de regular el tráfico en España ha establecido claramente las situaciones en las que es legal y obligatorio el uso de las luces de emergencia. Según la normativa vigente, estas luces deben activarse cuando el vehículo constituya un peligro para los demás usuarios de la vía, como en caso de avería o accidente que obligue a detener el coche en la calzada o en situaciones de visibilidad reducida. También es obligatorio su uso cuando se forma parte del final de un atasco imprevisto, para alertar a los vehículos que se aproximan.
La DGT recuerda constantemente que las luces de emergencia no otorgan ningún tipo de privilegio para estacionar en zonas prohibidas. Muchos conductores tienen la falsa creencia de que al encenderlas pueden realizar paradas breves en cualquier lugar, un error que puede derivar en sanciones económicas y en situaciones de riesgo para la seguridad vial si la detención se realiza en zonas de visibilidad reducida o alta densidad de tráfico. Este mal uso es precisamente uno de los que más sanciones genera en las zonas urbanas, especialmente en las grandes ciudades donde la presión sobre el aparcamiento es mayor.
MULTAS DE HASTA 100 EUROS POR EL USO INDEBIDO DE LOS «WARNING»
El régimen sancionador contemplado en la normativa de tráfico prevé multas de 100 euros para aquellos conductores que hagan un uso inadecuado de las luces de emergencia. Esta sanción se aplica cuando se utilizan sin existir una situación real de peligro o emergencia, como ocurre frecuentemente cuando los conductores las encienden para realizar paradas momentáneas en lugares prohibidos o para cualquier otro fin distinto al establecido en la normativa.
La cuantía de la sanción puede parecer modesta en comparación con otras infracciones de tráfico, pero la DGT advierte que esta cantidad puede incrementarse significativamente si la infracción va acompañada de otros comportamientos sancionables. Por ejemplo, si además de utilizar indebidamente las luces de emergencia se está estacionando en una zona prohibida, la multa por estacionamiento indebido se sumará a la primera, pudiendo alcanzar cifras considerables. Además, en determinadas circunstancias, si la parada indebida genera un riesgo para la seguridad vial, la sanción podría ser aún mayor.
SITUACIONES COTIDIANAS QUE LA DGT PERSIGUE ESPECIALMENTE

Entre las prácticas más habituales que la DGT persigue con especial atención se encuentra el uso de los «warning» para realizar paradas breves en doble fila. Esta práctica, extremadamente común en las grandes ciudades, no solo entorpece la circulación del resto de vehículos sino que puede generar situaciones de peligro en calles con alta densidad de tráfico o visibilidad reducida.
Otra situación frecuente es la utilización de las luces de emergencia para detener el vehículo frente a establecimientos comerciales, centros educativos o edificios residenciales con el fin de recoger o dejar pasajeros o mercancías. La DGT ha intensificado los controles en estos puntos, donde habitualmente se forman aglomeraciones de vehículos que dificultan la circulación y provocan retenciones innecesarias. Los agentes de tráfico suelen ser especialmente rigurosos en estos casos, pues consideran que existen alternativas como los espacios habilitados para carga y descarga o las zonas de estacionamiento regulado que permitirían realizar estas operaciones sin obstaculizar el tráfico.
EXCEPCIONES QUE CONTEMPLA LA NORMATIVA DE LA DGT
Existen algunas situaciones excepcionales en las que la DGT considera justificado el uso de las luces de emergencia, incluso si implica la detención momentánea del vehículo en lugares donde normalmente estaría prohibido. Estas excepciones están claramente definidas y se limitan a circunstancias de fuerza mayor, como una emergencia médica que requiera atención inmediata o una avería mecánica que impida al vehículo continuar su marcha de forma segura.
En estos casos excepcionales, la DGT recomienda además complementar el uso de las luces de emergencia con otras medidas de seguridad, como la colocación de los triángulos de preseñalización de peligro a la distancia reglamentaria, siempre que sea posible hacerlo sin poner en riesgo la integridad física. También es aconsejable, si las condiciones lo permiten, buscar un lugar más seguro para detener el vehículo o alejarlo lo máximo posible de la calzada para minimizar la obstrucción al tráfico. En cualquier caso, estas excepciones no eximen al conductor de la responsabilidad de demostrar, si fuera necesario, que realmente se encontraba en una situación de emergencia o fuerza mayor.
CÓMO ACTUAR CORRECTAMENTE SEGÚN LAS DIRECTRICES DE LA DGT

Para evitar sanciones y contribuir a la seguridad vial, los conductores deben conocer y respetar las directrices establecidas por la DGT respecto al uso de las luces de emergencia. En primer lugar, es fundamental utilizarlas exclusivamente en las situaciones previstas por la normativa, como cuando el vehículo representa un obstáculo o peligro temporal para el resto de usuarios debido a una avería, accidente o cualquier otra circunstancia imprevista.
En ningún caso debe interpretarse que las luces de emergencia conceden una especie de «permiso temporal» para infringir las normas de estacionamiento. La DGT insiste en que, si es necesario realizar una parada breve, debe buscarse un lugar habilitado para ello como zonas de carga y descarga (respetando los horarios establecidos), estacionamientos regulados o cualquier otro espacio donde esté permitido detenerse sin entorpecer la circulación. Planificar adecuadamente los desplazamientos, especialmente en zonas urbanas con alta densidad de tráfico, puede ayudar a evitar situaciones en las que el conductor se vea tentado a utilizar incorrectamente las luces de emergencia para realizar paradas no permitidas.