miércoles, 2 abril 2025

Koldo García guardaba documentos judiciales de Soluciones de Gestión

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha encontrado en un pendrive dentro de un sobre requisado a Koldo García en el registro de su domicilio hace un año, que contenía varias sentencias contra medios de comunicación relativas a Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas, la empresa que vendió al ministerio de Transportes donde trabajó mascarillas durante la pandemia de COVID 19 por 53 millones de euros. Se desconoce, de momento, el origen y por qué el ex asesor del ministro Ábalos guardaba copia de estos documentos.

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El hallazgo de la UCO no hace sino confirmar que Koldo García, asesor del ex ministro Ábalos, y Soluciones de Gestión tenían una relación de confianza hasta el punto de que García archivaba en un pendrive cuestiones judiciales relativas a la empresa para la que intermedió Víctor de Aldama y además, son supuestamente sentencias previas al estallido de la causa Koldo, de los años 2020 y 2021 cuando Soluciones de Gestión interpuso algunas demandas a medios de comunicación.

Un oficio de 24 de marzo elevado al juez Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, por la UCO, recoge que en un sobre blanco con la inscripción «Evidencia 1 Rgtro. A 1.1 domicilio de Koldo García Calle (…) Polop de la Marina (pen drive)».

El 12 de marzo una resolución judicial encargaba a la UCO «que previo análisis y/o examen de su contenido, se informase si ese pendrive tenía interés para la causa». Koldo García había pedido al juzgado que le devolviesen algunos de los efectos electrónicos intervenidos porque los necesitaba para «su desempeño laboral».

La fiscalía se opuso a que Koldo García recuperase estos dispositivos y el juez dictó una resolución negando el acceso a esos datos. Ahora el oficio de la Guardia Civil especifica que ese pendrive de 8 GB de memoria «contiene información que ocupa un espacio de 3,16 MB».

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El contenido del pendrive de Koldo García.

El pendrive todavía tenía espacio para 7,45 GB. Los agentes relatan que al acceder al dispositivo localizaron un archivo denominado «200626 Demanda derecho Honor_firmado.pdf» y una carpeta titulada «SENTENCIAS».

Los agentes siguen explicando que dentro de la carpeta denominada Sentencias, «se observa que a su vez alberga otras tres carpetas y un archivo con la siguiente estructura (…)» y en un cuadro los agentes muestran otras tres carpetas tituladas El Economista, El Mundo, Voz Pópuli y un archivo suelto llamado «Libertad Digital. Acuerdo transaccional 30 12 2020 (…)».

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Cada una de estas tres carpetas contiene en su interior otros dos archivos en el caso de El Economista del año y El Mundo de los años 2021 y 2 archivos en la carpeta Voz Pópuli del año 2020. Uno de estos archivos es a su vez una subcarpeta que contiene otros dos archivos también del año 2020.

La Guardia Civil escribió en su oficio que «del examen de los diferentes documentos en formato pdf hallados en el citado pendrive se observa que se trata de fragmentos de sentencias y diligencias con procesos judiciales de carácter civil donde el demandante es Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas SL y los demandados son medios de comunicación».

Los agentes añaden que «teniendo en cuenta que se trata de la mercantil adjudicataria de los contratos investigados, este contenido será examinado junto con el resto de evidencias, y en caso de considerarse de interés, se incluirá en el oportuno informe».

A los agentes les ha llamado la atención que el ex asesor del ministro tuviese copia de las demandas interpuestas por un tercero, una empresa contratada por el ministerio, a medios de comunicación, una cuestión sobre la que no ha sido preguntado todavía Koldo García en sede judicial por el desconocimiento hasta ahora de la existencia de estos documentos. Los agentes también desconocen hasta el momento como llegaron esos documentos a poder del ex asesor del entonces ministro Ábalos.

KOLDO PIDIÓ TODOS LOS DISPOSITIVOS

El juez Ismael Moreno, del juzgado Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, rechazaba el pasado 12 de marzo la petición de la representación legal de Koldo García Izaguirre, ex asesor del ministro José Luis Ábalos que dio nombre a la causa Koldo que instruye ese juzgado, de recuperar sus teléfonos móviles intervenidos.

Koldo García había pedido recuperar el 24 de febrero de 2025 por medio de un escrito de su abogado «los efectos -tanto digitales como documentales- intervenidos en el domicilio de mi representado habida cuenta del tiempo transcurrido desde que fueron incautados, al entender estas parte que el tiempo prudencial de un año era más que suficiente para haber procedido a su clonado/volcado o copiado, debiendo por tanto procederse a su devolución por no existir justificación en Derecho que amparases continuar prolongando indebidamente su incautación».

El ex asesor del ministro Ábalos se refería en concreto a varios de sus teléfonos, de los 23 dispositivos, entre teléfonos, memorias pendrive y discos duros, que se incautaron en su domicilio de Alicante que compartía con su ex pareja Patricia Uriz el 20 de febrero de 2024 cuando fue detenido.

La petición, tras varias negativas y recursos de Koldo García, fue trasladada a la Fiscalía para que se pronunciase que, por medio del fiscal Luis Pastor, contestaba mostrando su negativa este 6 de marzo de 2025 y la explicaba diciendo que «parece extemporáneo que, un año después de haberse intervenido los efectos, se diga que los «efectos intervenidos son necesarios para el desempeño laboral y el día a día de mi representado al contener los mismos sus datos personales, agenda de contactos y contraseñas de correo electrónico», situación que, por otra parte, podría ser subsanada si indica qué datos necesita y no hacer la petición de forma tan genérica». De esa manera, el fiscal pedía rechazar la petición de Koldo García.

El fiscal explicaba también que «el mantenimiento de los dispositivos electrónicos tiene como objetivo principal mantener su integridad y evitar que en su examen se pueda producir alguna alteración o deterioro de los mismos, lo que permitirá que, ante la sospecha de manipulación de la copia, se cuente siempre con el original intacto para garantizar su contenido. Por lo tanto, se se accede a la pretensión del recurrente se corre el riesgo de que pueda producirse alguna alteración de los mismos y puede dar lugar a que sea cuestionada la cadena de custodia de los efectos intervenidos».

Con esos datos el juez Moreno dictó un auto en el que justifica para desestimar la petición que «el recurrente (Koldo García) funda su pretensión en que la Unidad Policial (UCO) encargada de la investigación puede elaborar los informes a partir del estudio y/o análisis de la información clonada/volcada contenida en los dispositivos sin necesidad de mantener los dispositivos digitales físicos en su poder y lo mismo ocurre en el caso de la documentación intervenida. Considera que la incautación prolongada sin una justificación válida y sin la necesidad de su disposición física es una decisión arbitraria y contraria a Derecho».

MANTENER LA INTEGRIDAD DE LA PRUEBA

El magistrado explica que «el copiado o clonado de los dispositivos electrónicos tiene como finalidad garantizar la integridad de la prueba (…). La realización de copias permite un mayor dinamismo en la elaboración de informes sobre el contenido de los dispositivos, al poder realizarse simultáneamente diversos estudios sobre los mismos. Es decir, que el mantenimiento de los dispositivos electrónicos tiene como objetivo principal mantener su integridad y evitar que en su examen se pueda producir alguna alteración o deterioro de los mismos, lo que permitirá que, ante la sospecha de manipulación de la copia, se cuente siempre con el original intacto para garantizar su contenido. Por lo tanto, si se accede a la pretensión del recurrente se corre el riesgo de que pueda producirse alguna alteración de los mismos y puede dar lugar a que sea cuestionada la cadena de custodia de los efectos intervenidos».

Además, la Audiencia concluyó por eso que «tampoco puede prosperar la petición de devolución de los efectos documentales intervenidos, en tanto que constituyen elementos de prueba originales que no pueden ser sustituidos por unas simples fotocopias o escaneos, tal y como se pretende».

En uno de los últimos informes de la UCO, los agentes del Departamento de Delincuencia Económica y Anticorrupción explicaban, para entender por qué se tarda tanto en realizar los volcados que «a día de hoy, en dependencias de esta unidad, se encuentran custodiados más de 170 dispositivos digitales como resultado de esas actuaciones».

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