La Fiscalía Europea contestó el pasado 19 de marzo al juez Juan Carlos Peinado que instruye la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo, que «a día de la fecha no se ha recibido informe de la Intervención General del Estado y que, cuando éste se emita, se le comunicará convenientemente».
Respondían así los fiscales europeos a una providencia dictada por el juez el pasado 12 de marzo donde se oficiaba a la Fiscalía Europea «a fin de que informen a este juzgado sobre la fecha aproximada para remitir el o los informes que tenga previsto emitir, sin perjuicio de que la investigación que por parte de dicha Fiscalía se está llevando a cabo con carácter secreto. Haciéndose constar expresamente que cuando sean aportados a este Juzgado, se mantendrán con dicho carácter secreto».
De momento, Peinado deberá de esperar al citado informe que descifrará si los negocios de la cátedra de Begoña Gómez han afectado y en qué medida las arcas públicas. Mientras tanto, Peinado deberá resolver el recurso presentado por la propia Begoña Gómez sobre su decisión de seguir investigando el papel de Globalia en la causa y si la esposa del presidente del Gobierno intervino de alguna manera en el rescate de Air Europa por parte del Estado. La defensa de Gómez ha argumentado que «carece de cualquier apoyo legal» para seguir adelante con esa línea de investigación.

Hay que recordar que en una providencia dictada el 22 de marzo el titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, se pronunciaba sobre los «anteriores informes del Ministerio Fiscal de fechas 25/10/2024 y 20/03/2025». En los mismos la Fiscalía solicitaba que «se deje sin efecto la solicitud de informe a la UCO respecto de Globalia en el presente procedimiento, basado en las resoluciones de la Audiencia Provincial de fechas 29/05/2024 y 07/10/2024, si bien en dichas resoluciones lo que figura recogido, y además resaltado en negrita en la última de las resoluciones, es que se excluyan de la investigación por los hechos ya conocidos relativos a Globalia, pero no de los hechos «realmente nuevos y de signo incriminatorio» y se motive por resolución judicial».
En su providencia explicaba Peinado que «precisamente para la acreditación de hechos nuevos es por los que se ha solicitado y sobre lo que debe versar el informe de la UCO pendiente de cumplimentar, recordando que solicitar que no se remita dicho informe por la UCO podría suponer que se pasase por alto la comisión de nuevos hechos delictivos. Al contrario, impedir que se comprueben podría ser constitutivo incluso de infracción penal por parte de este proveyente, bien de un delito de prevaricación, o del delito de omisión de perseguir delitos, o de inducir a los agentes de la U.C.O. de la Guardia Civil, a que cometan dicho delito de omisión de perseguir delitos».
De esta manera el juez se curaba en salud al encargar un informe para la investigación de posibles delitos, en contra del criterio fiscal, que desde que se instruyó el caso se ha opuesto a la mayor parte de las diligencias solicitadas por el juez por entender que no había delito en la actuación de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno.
ORDEN DE ACOTAR LA INVESTIGACIÓN SOBRE BEGOÑA GÓMEZ
Hay que recordar que el pasado 7 de octubre la Audiencia Provincial de Madrid ordenó al juez Juan Carlos Peinado que delimitase la investigación que dirige contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios y deje fuera de la misma todo lo relativo a Globalia y Air Europa.
Los magistrados de la Sección 23 precisaban que la investigación del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid deberá dejar fuera el bloque relativo a Globalia y el rescate de Air Europa, por lo que el juez solo podría continuar indagando en la cátedra de la Universidad Complutense de Madrid y en los contratos que se encuentran bajo sospecha que están fuera de la órbita de las subvenciones europeas.
La Audiencia Provincial atendía así la petición de la Fiscalía, que presentó un recurso en el que pedía se concretara el objeto del procedimiento al considerar que el juez estaba dirigiendo una «causa general».
Además de estudiar el recurso de la Fiscalía, los magistrados también deliberaron sobre el recurso de la defensa de Gómez, ejercida por el ex ministro socialista Antonio Camacho, que solicitaba archivar el caso al entender que Peinado llevaba a cabo una «investigación universal».
La defensa se basó en el auto donde el juez señaló que indagaba en todo lo que Gómez había hecho desde que su marido era presidente del Gobierno, con el único coto de que esos hechos vinieran recogidos en la denuncia inicial de la organización Manos Limpias y los que son competencia exclusiva de la Fiscalía Europea. Pero los magistrados desestimaron el recurso.
Cabe recordar que, al margen de lo resuelto por la Audiencia Provincial, el juez también investiga a Begoña Gómez por apropiación indebida de un ‘software’ desarrollado por la UCM para su cátedra de Transformación Social Competitiva (TSC).