domingo, 30 marzo 2025

Si haces esto, puedes pisar a 150 por hora sin miedo a la DGT

Muchos conductores sueñan con poder pisar el acelerador a fondo sin temer a las consecuencias. En nuestras carreteras, la DGT establece límites de velocidad que deben respetarse para garantizar la seguridad vial, pero existe una situación excepcional y perfectamente legal que permite circular a velocidades de hasta 150 kilómetros por hora o incluso superiores. Esta excepción no es un secreto ni un vacío legal, sino una normativa específica vinculada a las pruebas y ensayos técnicos de vehículos.

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El código de circulación español contempla situaciones especiales en las que determinados conductores pueden exceder los límites habituales de velocidad sin enfrentarse a sanciones. Estas excepciones, reguladas de forma detallada por la normativa de tráfico, permiten realizar pruebas técnicas en carreteras abiertas al tráfico bajo condiciones controladas y con los permisos pertinentes. La clave para poder circular legalmente a altas velocidades sin temor a multas radica en un elemento visual distintivo: la señal V-12, un dispositivo que identifica a los vehículos que están realizando ensayos debidamente autorizados.

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LA SEÑAL V-12: EL SALVOCONDUCTO PARA LAS ALTAS VELOCIDADES

Fuente Freepik

La señal V-12 es un distintivo especial que deben llevar todos los vehículos que realizan pruebas en vía pública. Esta señalización, poco conocida por la mayoría de conductores habituales, consiste en una placa rectangular con la inscripción «Pruebas» en letras negras sobre fondo rojo que debe colocarse en la parte delantera y trasera del vehículo. La DGT establece que esta señal debe ser perfectamente visible para otros usuarios de la vía, permitiendo identificar rápidamente que se trata de un vehículo en fase de pruebas técnicas.

Los vehículos que portan esta señalización especial están sometidos a un régimen diferente del habitual. Durante la realización de las pruebas, siempre bajo autorización previa y en los tramos específicamente designados, pueden circular a velocidades superiores a los límites generales establecidos. Esto permite a los fabricantes, importadores y empresas especializadas evaluar el comportamiento de los vehículos en condiciones reales de conducción a altas velocidades, sin que la DGT pueda sancionar estas prácticas cuando se realizan conforme a la normativa vigente.

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