El titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid Adolfo Carretero ha tomado una decisión salomónica sobre los distintos recursos que las partes han presentado en el Caso Errejón. Tanto los abogados de la actriz Elisa Mouiláa que acusa al expolítico de agresión sexual como la defensa del que fuera portavoz de Más País y la acusación popular representada en la Asociación de Defensa Integral Víctima de Delitos Especializados.
Así el juez admite el recurso de Alfredo Arrién, abogado de Mouliáa, que solicitó no incorporar a la causa los informes psicológicos de la actriz desde el año 2022 como solicitaba el demandado y que, afirma el juez, “es cierto que esta prueba puede afectar a la intimidad de la denunciante, quien va a aportar un informe psiquiátrico y psicológico actual sobre ello” y recuerda que, si Elisa Mouliáa no cita como testigo perito al terapeuta, “lo hará el juzgado de oficio”.
LAS CONVERSACIONES DE ELISA Y ERREJÓN
El magistrado también respalda la petición de Errejón de no proceder al volcado de su móvil, asegurando el juez que se trata de una medida desproporcionada. Es por eso que el instructor acota esta diligencia, referida únicamente a las conversaciones entre el exdirigente y la denunciante. También el Juez Carretero “comparte que el volcado de los terminales de las partes resulte desproporcionado” por lo que “conviene acotar expresamente su extensión al aspecto solicitado”.
Señala así que “no basta el acta notarial” que presenta Iñigo Errejón y que “admitida del análisis de los terminales de las partes» por lo que el magistrado encomienda a la Unidad Central de Investigaciones Tecnológicas de la Policía Nacional que certifique «la autenticidad de los pantallazos de las conversaciones aportadas por la defensa en correspondencia con la información obrante en los terminales y que conste en los servidores de las herramientas de comunicación usadas entre la denunciante y el investigado».
Además, el juez pide que «se analicen y certifiquen todas las conversaciones realizadas» por Errejón y Mouliaá, «así como de la denunciante con los testigos directos o de referencia por los distintos canales para certificar su contenido y autenticidad».
Por otro lado, el instructor solicita que se estudie «la posibilidad de recuperar las conversaciones borradas en las distintas herramientas de comunicación, y de poder ser recuperadas se certifique el contenido de las mismas.
Asimismo, el juez pide que «se analice la veracidad e integridad todos los pantallazos de la red social X (antes Twitter) que han sido aportados por la defensa».
El juez Carretero para «evitar una invasión en la intimidad de las partes y la filtración de estas pruebas, únicamente serán objeto de análisis a las conversaciones entra las partes y las de la denunciante con testigos directos a de referencia» por lo que se desecha «cualquier dato a o información de cualquier de otro tipo, debiendo adoptarse por la policía las máximas garantías para preservar los datos en una copia al efecto que será entregada» al Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid para que las partes lo analicen.
EL CASO ERREJÓN
El juicio de Iñigo Errejón, acusado de agresión sexual por la actriz Elisa Mouliaá, se ha convertido en uno de esos procesos que los medios de comunicación convertimos en tema de conversación. Un exlíder político, una actriz y un tema, la violencia sexual, que sensibiliza mucho a la sociedad.
La intérprete denunció el pasado mes de octubre de 2024 a Iñigo Errejón. Tal y como consta en la denuncia, describe una serie de comportamientos inapropiados por parte de Errejón, que comenzaron con una actitud dominante en el coche y un beso violento en el ascensor. Posteriormente, en una fiesta en casa de un amigo, la actriz relata que fue llevada a una habitación contra su voluntad, donde Errejón presuntamente le quitó el sujetador, profirió frases lascivas y la tocó sin su consentimiento.