La normativa española esconde un tesoro jurídico para los amantes del motor: aquellos vehículos clasificados como históricos con antigüedad superior a sesenta años desde su fabricación o primera matriculación, así como los ciclomotores clasificados como históricos con independencia de su antigüedad, quedarán exentos de someterse a la inspección técnica de vehículos. Esta excepción no es un capricho legislativo, sino un reconocimiento al valor patrimonial de automóviles y motocicletas que han sobrevivido al paso del tiempo. Para muchos, supone una liberación de los rigores anuales de la ITV, pero también implica una responsabilidad: mantener viva la esencia de máquinas que son, en sí mismas, fragmentos de historia rodante.
La clave reside en la categorización como «vehículo histórico», un sello que trasciende lo meramente administrativo. No se trata solo de eludir una revisión técnica, sino de preservar un legado industrial y cultural que define épocas y avances tecnológicos. España, con su creciente comunidad de coleccionistas, ha ido adaptando sus normativas para equilibrar seguridad vial y conservación. Sin embargo, el proceso para obtener esta clasificación no está exento de requisitos burocráticos y criterios estrictos, lo que convierte la exención de la ITV en un privilegio reservado a quienes demuestran un compromiso auténtico con la conservación.
1LA NORMATIVA DE LOS 60 AÑOS: CUÁNDO UN COCHE SE CONVIERTE EN HISTÓRICO
El primer requisito para acceder a la exención de la ITV es superar las seis décadas de vida. Según el Reglamento General de Vehículos, un automóvil fabricado o matriculado por primera vez hace más de 60 años puede solicitar la catalogación como histórico, siempre que conserve sus características técnicas originales o haya sido restaurado siguiendo estándares de autenticidad. Este umbral temporal no es arbitrario: busca proteger a los vehículos que han superado su ciclo de vida útil ordinario y se han convertido en objetos de colección.
No basta con la antigüedad; el proceso exige presentar documentación exhaustiva. Desde la ficha técnica original hasta fotografías que acrediten su estado de conservación, cada detalle debe validar su valor histórico. Además, las modificaciones sustanciales —como cambios de motor o alteraciones estéticas no acordes a la época— pueden invalidar la solicitud. La Dirección General de Tráfico (DGT) realiza inspecciones específicas para verificar estos aspectos, asegurándose de que el vehículo merece el estatus de patrimonio rodante.
La exención de la ITV para estos coches no implica desentenderse de su mantenimiento. Al contrario, los propietarios asumen la obligación moral —y en muchos casos contractual, si pertenecen a clubes automovilísticos— de preservar su integridad mecánica y estética. Circular con un histórico conlleva, además, limitaciones: su uso suele restringirse a eventos culturales, exposiciones o desplazamientos puntuales, nunca como medio de transporte habitual. Así, la libertad de la ITV se compensa con un compromiso de uso responsable.