Los cambios en la maleta comenzarán a regir a partir de 2025 y otros siguen vigentes desde el año pasado. El 1 de septiembre de 2024 los líquidos en la maleta comenzaron a estar controlados y la Unión Europea aseguró que, aquellos que utilizan el sistemas EDSCB, tendrían que volver a aplicar el límite estándar de 100 ml para líquidos, aerosoles y geles en el equipaje de mano. El objetivo de esta disposición es establecer un control similar en todas las terminales y así unificar el criterio de seguridad en todos los aeropuertos que pertenecen a la Unión Europea.
Esta disposición había quedado atrás gracias al uso del EDSCB, que permite detectar de manera precisa a aquellos líquidos peligrosos. Sin embargo, la normativa solicitó que el control sobre estos vuelva atrás para que los procesos sean iguales en toda la UE. En los aeropuertos como, Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat, ya se había empezado a implementar este mecanismo aunque debieron adaptarse a las nuevas reglas.
5Normativa para los alimentos en la maleta por fuera de España y la UE
A pesar de ser disposiciones generales, para los viajes por fuera de España y la Unión Europea pueden existir otras reglas más estrictas en referencia a los alimentos que pueden cargarse en la maleta de mano. En sitios como Estados Unidos está prohibido cargar frutas verduras, semillas y productos de origen animal, por lo que el pasajero debe consultar antes de viajar por la carga de estos alimentos en sus maletas.
Como siempre, las excepciones a la regla existen y algunos alimentos pueden ser transportados sin ningún tipo de problemas en los vuelos. Se trata de aquellos alimentos infantiles y otros que corresponden a dietas especiales. En esta lista pueden integrarse a las papillas y purés, siempre y cuando sean de primera necesidad durante el viaje. Aquellos alimentos específicos para dietas médicas, como las de diabéticos o celíacos, también pueden ser cargados en el equipaje de mano pero deben ser separados y aclarado en el momento del control.