Si tu coche no posee ninguna etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) deberá dejar de circular en las ya conocidas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). El coche que posea etiqueta A no podrá acceder a estos sitios desde el 1 de enero de 2025, incluso no podrá circular por toda la ciudad de Madrid. Al conocerse esta disposición, los interrogantes son sobre el impuesto de circulación y si éste deberá seguir pagándose, a pesar de que el vehículo no esté en las calles. Lo cierto es que la respuesta a esta pregunta es afirmativa, aunque existe una excepción.
Las conocidas ZBE son aquellas en las que se restringe el acceso y se limita el aparcamiento de aquellos coches considerados contaminantes y que emiten gases y partículas que no contribuyan al cuidado del medioambiente. Esta normativa alcanza a los distritos de más de 50 mil habitantes, que deberán contar con sus propias zonas y también aquellos de más de 20 mil cuyos niveles de contaminación atmosférica superasen los límites establecidos.
2El coche que no podrá circular a partir de 2025

En las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) las restricciones serán mayores a partir de 2025 y algunos coches no podrán conducir al menos en estas regiones. En Madrid las disposiciones son cada vez más estrictas y los coches que no posean etiqueta no podrán circular por todo el territorio, aunque sean o no residentes. En esta nueva reglamentación también se incluye a los de etiqueta B y C, que tendrán posibilidad de acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro y Plaza Elíptica. Estos tendrán permiso de circular si se dirigen a un aparcamiento público, plaza de garaje o si son un medio de transporte para personas con movilidad reducida.
Para quienes no cumplan con estas reglas los castigos son severos y se puede cobrar una multa de 200 euros. Las disposiciones cambian de acuerdo a las ciudades y en Barcelona, los vehículos sin etiqueta medioambiental pueden acceder a la ZBE, pero con una restricción horaria que incluye los días laborables, de 7 a 20 horas. En el caso de los considerados vehículos históricos, las leyes también se modifican y, quienes los registren bajo estas formas, podrán usarlos sólo 96 días al año y los fin de semana.