Si tu coche no posee ninguna etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) deberá dejar de circular en las ya conocidas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). El coche que posea etiqueta A no podrá acceder a estos sitios desde el 1 de enero de 2025, incluso no podrá circular por toda la ciudad de Madrid. Al conocerse esta disposición, los interrogantes son sobre el impuesto de circulación y si éste deberá seguir pagándose, a pesar de que el vehículo no esté en las calles. Lo cierto es que la respuesta a esta pregunta es afirmativa, aunque existe una excepción.
Las conocidas ZBE son aquellas en las que se restringe el acceso y se limita el aparcamiento de aquellos coches considerados contaminantes y que emiten gases y partículas que no contribuyan al cuidado del medioambiente. Esta normativa alcanza a los distritos de más de 50 mil habitantes, que deberán contar con sus propias zonas y también aquellos de más de 20 mil cuyos niveles de contaminación atmosférica superasen los límites establecidos.
1Qué coche no pagará el impuesto de circulación en 2025
Aunque su nombre sea el de «impuesto por circulación», su verdadera denominación indica que el dinero que se paga es por un coche que sea apto para circular en las calles. En Madrid, este tiene el nombre de ‘Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)’ y el precio va de los 20 a los 244 euros. De acuerdo a las regulaciones españoles, deberán abonar este impuesto, aquel coche «matriculado en los registros públicos correspondientes y mientras no haya causado baja. También se considerarán aptos los vehículos provistos de permisos temporales y matrícula turística».
Según lo que dicta esta ley el único coche que no debe pagar este tributo es el que se da de baja de manera definitiva. De esta manera, se debe hacer el trámite de manera sencilla pero enfrentar las consecuencias que estas decisiones implican. Una vez realizado este pedido, no se podrá circular de ninguna manera en ningún sitio. También, existe otro tipo de coche que podrá quedar exento de este pago. Se trata de los vehículos que son considerados «históricos» y que tiene al menos 30 años desde su primera matriculación o fabricación y está en su estado original.