El ex ministro José Luis Ábalos ha presentado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo que lo investiga por una posible integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación de caudales públicos, la nulidad de las actuaciones, un recurso de nulidad de las actuaciones por varias circunstancias.
La más importante es que la Guardia Civil durante un control rutinario de tráfico abrió y fotografió el contenido de un sobre dirigido a él mientras estaba aforado que le llevó en mano Joseba García Izaguirre, el hermano de su ex asesor Koldo García.
El recurso, presentado el pasado 20 de diciembre deberá ser respondido antes de tres días hábiles por el Tribunal Supremo, que debido a las vacaciones judiciales contarán a partir del próximo 7 de enero de 2025, aunque el abogado de Ábalos, advierte en el mismo recurso que si la petición es desestimada acudirá en recurso de casación ante el Tribunal Constitucional.
El escrito de Ábalos comienza argumentando que «el Excmo. Magistrado Instructor sólo ha tenido en consideración los documentos aportados por el Sr. Aldama y García Izaguirre, así como de las intervenciones telefónicas y registros domiciliarios, y que en cuanto a la documentación aportada únicamente tenemos constancia de la que se aportó por la representación procesal del Sr. Aldama Delgado».
A Ábalos también le ha llamado la atención una preguntad del magistrado Leopoldo Puente a Aldama durante el interrogatorio: «cómo usted puede corroborar la entrega de un dinero en efectivo que usted no vio, así como los porcentajes de reparto entre Koldo y Ábalos».
A esto el ex ministro argumenta que «no ha existido nunca ninguna relación personal entre el Sr. Aldama y el Sr. Ábalos Meco, únicamente han sido las manifestaciones del Sr. Aldama que no se pueden tomar como ciertas, habida cuenta de que el citado ha conseguido la excarcelación con unas declaraciones que realizó ante el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional y que fue puesto en libertad por el Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional sin que hoy se le haya tomado declaración para saber si coopera o no coopera».
La conclusión a la que llega Ábalos es que en el caso de Aldama «no existe una cooperación con el Ministerio Fiscal en virtud de los cuales se hacen manifestaciones para imputar a los representantes de un Gobierno, nunca en los anales de la Audiencia Nacional se ha puesto de una forma tan inusual en libertad a un presunto colaborador con la Administración de Justicia (…) se ha puesto en libertad obviando todos los principios penitenciarios de poner en libertad a esta persona.
El recurso incide después en el trabajo de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para explicar que «Koldo García (…) tenía el teléfono intervenido y captaron conversaciones que mantuvo con el antes citado (Ábalos), como consecuencia de estas observaciones los investigadores tuvieron conocimiento de que D. Koldo me iba a enviar una documentación que le entregaba el Subsecretario del MITMA y sería entregada a través del hermano de Koldo, llamado Joseba».
DOCUMENTOS PARA ÁBALOS
Así, continúa el relato, «el pasado 4 de noviembre de 2023, D. Joseba García Izaguirre, (…) había quedado conmigo en la ciudad de Valencia y concretamente en mi domicilio particular (…) se dispuso a recoger la documentación que le entregaba Koldo para que me lo llevase hasta mi domicilio».
Siguiendo el relato de los hechos, «en el trayecto desde la ciudad de Alicante hasta Valencia (…) el Grupo de Acción Rápida (GAR) de la Guardia Civil llevaron a cabo un control sobre el vehículo de Joseba, se procedio a inspeccionarlo y localizaron un sobre, el que había sido entregado por el Subsecretario, el cual iba nominado en la parte delantera del mismo a mi nombre, José Luis Ábalos Meco, y en el anverso estaba cerrado y con el sello oficial del MITMA».
Luego, según recoge el recurso de Ábalos, «procedieron a abrirlo y a fotografiar toda la documentación que contenía el sobre, y que a continuación reseño el contenido del mismo: Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) a la reclamación realizada por Ramiro Grau Morancho al organismo ADIF/Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en relación a las ofertas de mascarillas para el Covid 19 (…). Informe para la fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020. Respuesta del MITMA a la resolución de CTBG fechada el 1 de agosto de 2023 y firmada por la directora General de Organización e Inspección del MITMA, Belén Villar Sánchez».
Luego explica Ábalos que los efectivos de la UCO «siguieron a Joseba hasta mi domicilio particular (…) observando como Joseba portaba el sobre blanco, tamaño A 4, y observando minutos más tarde como abandonaba mi domicilio sin portar ya el sobre».
El ex ministro también aduce que los investigadores «procedieron a tomarme fotografías a la salida de mi domicilio, así como a fotografiar mi vehículo (…) al objeto de averiguar en las bases de datos tanto de la Guardia Civil como de la DGT, la titularidad del vehículo y que figura a mi nombre».
Por tanto, Ábalos pide la nulidad de las actuaciones porque «vulneran mi derecho fundamental al secreto de las comunicaciones dado que yo era el destinatario de dicha documentación y nunca consentí el que se abriera dicha documentación, como tampoco al día de hoy existe en el procedimiento resolución del Tribunal Supremo (por ser aforado) que motive la apertura de la correspondencia» e insiste en que «los investigadores realizaron la apertura de la correspondencia privada dirigida a un aforado, sin tener en consideración la protección que la Constitución y la Ley procesal otorga a la apertura de correspondencia privada del aforado».
La apertura de este sobre no es el único motivo esgrimido por Ábalos, que también argumenta que «hay que tener en consideración que, existe también una nulidad de actuaciones o una incidencia de nulidad como consecuencia de que se está haciendo hincapié en los informes de la UCO de observaciones telefónicas de Koldo hacia Ábalos, sin tener en cuenta de las contestaciones de Ábalos a Koldo y en un proceso penal de esta índole no es todo válido dado que estamos en presencia de un proceso penal y que hay que someterse a los principios del proceso».
El escrito termina con que «finalmente se pretende acusar de la recepción de dinero en efectivo metálico (fiscalmente opaco) sin que haya prueba documental o gráfica, más allá de las palabras de un investigado y cooperador con la Administración de Justicia, el Sr. Aldama, hemos de recordar que ello no supone indicios suficientes sino meras sospechas, y en ningún momento existen hechos probados». Por todo ello, continúa diciendo que «el suplicatorio adolece del rigor necesario». Hay que recordar que la semana pasada el Tribunal Supremo envió a la Mesa del Congreso de los Diputados la petición de que se levantase el aforamiento (suplicatorio) al ex ministro y diputado José Luis Ábalos.
Por todo ello, interpone «recurso de reforma y de nulidad de las actuaciones por vulneración de los derechos fundamentales de D. José Luis Ábalos Meco (…)».