El PSOE, que pidió personarse como perjudicado en la Causa Koldo de corrupción y fue admitida por el magistrado Ismael Moreno de la Audiencia Nacional, ha presentado un escrito en el Juzgado Central de Instrucción 2 que instruye esta causa pidiendo que «en aplicación de esta Jurisprudencia no sería por tanto requisito necesario para la personación en la presente causa la prestación de fianza alguna, dado que el procedimiento ya está en curso y se está desarrollando la actividad instructora». El juez Moreno admitió su personación el 3 de diciembre a cambio de que, como todas las acusaciones, el PSOE consignase 5.000 euros en una cuenta del Juzgado.
En su escrito el abogado del partido recoge que «este juzgado está instruyendo la presente causa por supuestos delitos de corrupción (cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal) sin perjuicio de ulteriores calificaciones jurídicas, que, en cualquier caso, afectarían a los intereses generales o colectivos, por tanto, nos encontramos ante una causa de interés general de los ciudadanos. Es por ello, que el PSOE solicita su personación en la presente causa en representación de sus afiliados y el interés general de la ciudadanía que preside la actuación de esta organización, en ejercicio del derecho reconocido en el art. 125 de la Constitución Española, para contribuir a esta instrucción logrando la investigación de todos los hechos entorno al objeto del procedimiento que indiciariamente tienen apariencia de delito, acreditándose o no». Es decir, que el PSOE pide personarse por el interés general y de «sus afiliados».
EL PSOE TAMPOCO QUIERE QUERELLARSE
También aducían que, a pesar de que el procedimiento y la investigación del Caso Koldo ya está avanzada «entendemos que este es el momento procesal oportuno para comparecer en el ejercicio de la acción popular durante la instrucción, pese a desconocer el contenido de lo instruido hasta el momento y solo tener conocimiento a través de los medios de comunicación de forma sesgada, de algunas de las actuaciones del procedimiento (declaraciones, detenciones, imputaciones e informes)».
El juez le reclamaba al PSOE la necesidad de presentar querella contra alguno de los encausados para formar parte del procedimiento, pero el abogado del PSOE explica que no hay necesidad de querella porque «venimos a ejercer en este momento el ejercicio de la acción popular y sin necesidad de querella conforme a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto, puesto que la causa ya está iniciada, por todas, la STS de 30 de mayo de 2003, “En el caso de que tal personación fuese en una causa ya iniciada, la querella no es exigible”, y, por tanto, no resulta necesaria la interposición de querella al objeto de personarse como Acusación Popular».
Por el mismo motivo sostiene que no necesidad de prestar fianza, ya que «la misma sentencia citando otras del Tribunal Supremo (STS de 12 de Marzo de 1992 y STS de 22 de mayo de 1995, recoge respecto al requisito de Fianza del art. 290 de la LECrim: «….La exigencia de fianza, impuesta por el art. 290 de la Ley procesal citada, constituye requisito de admisibilidad de la querella cuando esta es medio de iniciación del procedimiento penal, pero no cuando el ejercicio de la acción popular se realiza en un proceso en curso….» En aplicación de esta Jurisprudencia no sería por tanto requisito necesario para la personación en la presente causa la prestación de fianza alguna, dado que el procedimiento ya está en curso y se está desarrollando la actividad instructora».
El juez de la Audiencia Nacional que instruye el ‘caso Koldo’, Ismael Moreno, admitió hace uos días la personación del PSOE como acusación popular en la causa abierta por las presuntas mordidas en la adjudicación de contratos públicos durante la pandemia, y le exige al partido que preste una fianza de 5.000 euros en metálico en el plazo de diez días.
Así constaba en un auto del magistrado que adopta idéntica decisión con respecto a la personación del PSOE a la que tomó el magistrado Santiago Pedraz en la causa en la que se investiga un presunto fraude en el sector de los hidrocarburos y en la que está siendo investigado también el presunto conseguidor de la trama, Víctor de Aldama.
UNIFICACIÓN DE LAS ACUSACIONES DEL CASO KOLDO
Por otro lado, en otra providencia, Moreno acuerda citar a todas las acusaciones populares personadas en esta causa para el 10 de diciembre para que se pronuncien sobre la previsión legal que contempla la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) por el que se pueden unificar las acusaciones populares.

El juez explica que en el presente procedimiento, teniendo en cuenta el número de acusaciones personadas y pudiendo verse afectado el buen orden de las presentes diligencias así como el derecho a un procedimiento sin dilaciones indebidas, procede oír a estas acusaciones antes de tomar una decisión al respecto.