El Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid ha desestimado la demanda por vulneración del derecho al honor puesta por el ex ministro José Luis Ábalos contra el abogado, profesor y escritor aragonés Ramiro Grau, el primer denunciante del Caso Mascarillas o Caso Koldo. El ex secretario de Organización socialista y actual diputado del Grupo Mixto reclamaba a Grau una indemnización de 70 mil euros por las expresiones recogidas en su libro «El virus socialista de Ábalos». El juzgado exonera a Grau y obliga Ábalos a pagar las costas del juicio.
Según la demanda que interpuso Ábalos en su día y que recayó por turno de reparto en el Juzgado de Primera Instancia 35 de Madrid, Grau usaba expresiones injuriantes en su libro como «este hombre es un fiel escudero, mamporrero, palafrenero y lo que haga falta del macho ibérico, Pedro «el guapo», y ya sabemos que los tontos prefieren rodearse de tontos, para que no se vea tanto su escasa formación e información» o «Don José Luis Ábalos Meco (…) es una clara demostración de que a un tonto le pones un buen traje, preferiblemente cortado a medida, y procuras que abra la boca lo menos posible… y hasta puede pasar por listo».
LA FISCALÍA APOYABA A ÁBALOS
La sentencia, dictada el pasado 15 de noviembre, explica que «procede la desestimación de la demanda, pues entendemos prevalece la libertad de expresión e información, pues, cuando se emplean expresiones que, aun aisladamente son ofensivas al ser impuestas en relación con la información que se pretende comunicar o con la situación política o social en que tiene lugar la crítica experimenta una disminución de su significación ofensiva y sugiere un aumento grande de la tolerancia exigible, aunque puede no plenamente justificable y los usos sociales como delimitadores de la protección civil del honor (…)».
La sentencia fue dictada en contra del criterio de la fiscalía, que entendía «que vulneran el derecho al honor el contenido de los artículos 2º y 4º, puesto que en ellos se imputa al actor hechos de naturaleza penal, de carácter delictivo, sin prueba alguna». En concreto, Ábalos había denunciado expresiones recogidas en cinco artículos aparecidos en diferentes medios de Prensa digital en referencia al libro publicado por Grau.
Pero el juez continúa explicando que «los hechos aquí enjuiciados se traducen en una crispación política inusitada instaurada por el «jarabe democrático» en el que los cruces y reproches de los representantes del Estado entre sí se producen un hartazgo en la ciudadanía palpable en gran medida. Los artículos aquí enjuiciados se publican dentro de un estado de alarma decretado para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV 2, que fue parcialmente declarado inconstitucional y nulo por el Tribunal Constitucional en sentencia de 25 de noviembre de 2021, y en gran medida y el núcleo central de ellos es la irregular compra de mascarillas, en un momento especialmente delicado para la ciudadanía, compra ésta que el tiempo ha evidenciado que no fue ejemplar, tampoco ha devenido «ejemplar» la conducta del aquí actor al que no sólo ha criticado el demandado, sino que ha sido «denostado» por su propio partido político.
Hay que recordar que Ábalos ha presentado varias demandas en defensa del derecho al honor por noticias, artículos y reportajes publicados en diferentes medios de comunicación tras destaparse el Caso Koldo, sucedido durante su paso por el Ministerio de Fomento primero y MITMA después.
EL SUPREMO REABRIÓ OTRA CONTRA ÁBALOS
El 8 de noviembre de 2024 el Tribunal Supremo decidió reabrir la Causa Especial (CE) número 003/20775/202 contra el socialista José Luis Ábalos Meco. Esta nueva causa en realidad es la más antigua a la que el ex ministro de Transportes (Mitma) deberá enfrentarse, ya que fue interpuesta en el año 2020 por el abogado Ramiro Grau, cuando se realizaron las primeras compras de mascarillas por parte de ADIF y Puertos del Estado, organismos dependientes del Mitma. Ahora tras la confirmación de su procesamiento por el Alto Tribunal se abre una segunda causa contra Ábalos por hechos similares.
El abogado aragonés que denunció el Caso Mascarillas o Caso Koldo de compra venta de mascarillas durante la pandemia, Ramiro Grau, denunció a Ábalos en plena pandemia en el año 2020, cuando se realizaron las primeras compras de mascarillas por parte de ADIF y Puertos del Estado, pero su escrito fue inadmitido y también el posterior recurso de súplica también el 20 de mayo de 2021, para que «la denuncia respecto a los no aforados fuera enviada al juzgado de guardia de Zaragoza, para su reparto, por ser la ciudad donde tiene su sede social la empresa denunciada, Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas».
El recorrido de aquella denuncia fue recogido en el libro editado por el propio Grau «Ábalos, jaque mate», donde aparecen todos los documentos iniciales que dieron origen a la causa Koldo.
DENUNCIA INICIAL
La reapertura de la denuncia inicial se ha dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el pasado 2 de noviembre con el magistrado Andrés Martínez Arrieta como ponente tras varios escritos presentados por Ramiro Grau. «En providencia de 4 de septiembre de 2024 se tienen por presentados los escritos, «estándose a lo acordado y a la espera del resultado de la investigación que por los mismos hechos se sigue en la Audiencia Nacional»».
En los antecedentes de hecho se expone que «con fecha 23 octubre de 2024 se recibió en el Registro General de este Tribunal Supremo, testimonio en soporte papel y digital, exposición razonada, sometiendo a la consideración de este Tribunal la asunción de la competencia para continuar con la instrucción de la causa, de las Diligencias (…), en esclarecimiento de los hechos investigados, en lo que respecta a la intervención de José Luis Ábalos Meco y otros, que fue remitido por el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional».
«EN EL CURSO DE LA INVESTIGACIÓN SE DETECTA QUE EL GRUPO DE PERSONAS DISPONÍA DE INFORMACIÓN PREVIA SOBRE LAS NECESIDADES DE LA URGENCIA»
El Tribunal Supremo explica que «nuestra decisión es una decisión sobre la reapertura de unas diligencias archivadas por si a tenor de lo expuesto aparecieran hechos nuevos que justificaran esa reapertura» y añade que «en el curso de la investigación se detecta que el grupo de personas disponía de información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que les permitió realizar una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro a través del Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana. Esa organización, aprovechando la condición de aforado de Secretario de organización del partido político PSOE, participó en las contrataciones de otras administraciones».
La exposición del Supremo continúa afirmando que «se refieren indicios que resultan de la investigación que permiten afirmar que el asesor del aforado ante esta Sala, Koldo García Izaguirre, intervenía activamente en la contratación, gestionaba los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaba operaciones para ocultar cobros recibidos de la organización y en las que el aforado ante esta Sala también intervenía, utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio e, indiciariamente, participaba en beneficios derivados de su pertenencia y consecución de la contratación (…). También se relacionan correos electrónicos en los que se refieren la existencia de ofertas más ventajosas que son rechazadas dada la orden existente de contratar con la empresa que había sido designada».