Un hombre ha sido condenado a seis años de prisión por el asesinato de su expareja en Puente de Vallecas durante un supuesto ritual. La Audiencia Provincial de Madrid ha aplicado una eximente incompleta por alteración psíquica debido al consumo de drogas del agresor. La sentencia ha generado controversia, y la defensa anuncia recurso al considerar que debería haberse aplicado una eximente completa.
En abril de 2023, un piso en Puente de Vallecas se convirtió en el escenario de un terrible crimen. Gustavo Daniel O. asesinó a su expareja en el transcurso de lo que parecía ser un ritual. El acusado, bajo los efectos de sustancias tóxicas, infligió múltiples heridas a la víctima. La Policía Nacional encontró en el lugar del crimen sal esparcida por el suelo, un libro de rituales y un crucifijo improvisado, elementos que apuntaban hacia la posible naturaleza ritual del asesinato.
La defensa del acusado alegó que Gustavo Daniel O. sufrió un trastorno psicótico inducido por el consumo de metanfetamina y ketamina, lo que le provocó una pérdida de conciencia y la anulación de sus facultades volitivas. El propio acusado declaró no recordar nada de lo sucedido, afirmando que nunca había agredido a su expareja ni deseado su muerte. Recuperó la consciencia días después, ingresado en una unidad psiquiátrica.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid no consideró la eximente completa, argumentando que las facultades del acusado estaban «muy notablemente menoscabadas», pero no anuladas. Esta decisión se basa en el informe forense, que certifica el trastorno psicótico, pero no la anulación completa de la voluntad. La sentencia impone una pena de seis años de prisión y diez años de libertad vigilada tras su excarcelación. Además, rechaza la solicitud del fiscal de internamiento psiquiátrico, considerando el episodio como «puntual, inducido por tóxicos».
La controversia de la eximente incompleta
La sentencia ha generado controversia y la defensa ha anunciado que recurrirá el fallo. Consideran que los informes forenses, que certifican el trastorno psicótico del acusado, deberían haber llevado a la aplicación de una eximente completa, lo que le eximiría de responsabilidad penal. Argumentan que la anulación de las facultades volitivas, provocada por el consumo de drogas, debería ser suficiente para considerar la eximente completa.
La fiscalía, por su parte, solicitaba inicialmente catorce años de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y una eximente incompleta por alteración psíquica. Si bien la sentencia final ha reducido considerablemente la pena, la defensa mantiene su postura y considera que la justicia no ha tenido en cuenta la gravedad del trastorno psicótico sufrido por el acusado.