viernes, 8 noviembre 2024

El asesino del ritual solicitará la nulidad del juicio tras apreciar una eximente incompleta

Un jurado popular ha declarado culpable al acusado del brutal asesinato de su expareja en un piso de Puente de Vallecas, Madrid, en abril de 2023. El crimen, perpetrado durante un supuesto ritual esotérico, ha conmocionado a la opinión pública. La sentencia reconoce una eximente incompleta por alteración psíquica, debido al consumo de drogas, y la agravante de ensañamiento por la brutalidad del ataque.

Drogas, esoterismo y violencia en Puente de Vallecas

El acusado, Gustavo D.O., asestó múltiples puñaladas y golpes a su expareja, Pedro L.G., causándole la muerte. La escena del crimen presentaba elementos inquietantes: sal esparcida por el suelo, un libro de rituales y un crucifijo improvisado. Horas antes del asesinato, el acusado publicó un vídeo en redes sociales con una imagen de Jesucristo y la frase «lo siento mucho». Este perturbador contexto, sumado a la violencia extrema del acto, ha marcado el desarrollo del juicio.

El jurado popular, tras escuchar los testimonios y las pruebas presentadas, ha determinado la culpabilidad del acusado. Sin embargo, se ha reconocido una eximente incompleta por alteración psíquica, ya que se considera que el consumo de metanfetamina y ketamina afectó gravemente sus facultades mentales en el momento del crimen. Este atenuante, junto con la agravante de ensañamiento, configurará la pena final que se impondrá al acusado. La Fiscalía solicita 14 años de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la eximente incompleta.

La defensa, por su parte, alega una eximente completa, argumentando que el acusado se encontraba en un estado de enajenación mental transitoria que anulaba por completo su capacidad de comprender y controlar sus actos. Además, solicitará la nulidad del juicio al considerar que el jurado no ha valorado adecuadamente un informe forense que respaldaría esta tesis.

Eximente completa vs. Eximente incompleta

El caso plantea un complejo debate jurídico en torno a la imputabilidad del acusado. La clave reside en determinar el grado de afectación de sus facultades mentales en el momento del crimen. Mientras la Fiscalía sostiene que la alteración psíquica fue parcial, lo que justifica una eximente incompleta, la defensa argumenta que la anulación de sus capacidades fue total, lo que le eximiría de responsabilidad penal.

Los peritos forenses confirmaron que el acusado sufrió un trastorno psicótico, probablemente inducido por el consumo de drogas. Sin embargo, la interpretación de este informe es el punto central de la discrepancia entre las partes. La defensa insiste en que el estado mental del acusado era compatible con una eximente completa, mientras que la acusación considera que la brutalidad y el ensañamiento demostrados en el crimen evidencian una cierta conciencia de sus actos.

El testimonio del acusado, quien afirma no recordar nada de lo sucedido, añade complejidad al caso. Gustavo D.O. declaró haber perdido la conciencia tras una discusión con su expareja y haberla recuperado días después, ya ingresado en un hospital psiquiátrico. Este relato, si bien podría respaldar la tesis de la defensa, también ha sido cuestionado por la acusación, que lo considera una estrategia para eludir su responsabilidad.

La presencia de elementos esotéricos en la escena del crimen, aunque no determinante para la calificación jurídica del delito, añade un componente de morbosidad al caso y ha generado un gran interés mediático. La sal esparcida, el libro de rituales y el crucifijo improvisado sugieren la posibilidad de que el crimen se llevara a cabo en el contexto de un rito, aunque no se ha podido determinar con certeza la naturaleza ni el propósito del mismo.