El hermano de Pedro Sánchez maniobra para echar a las acusaciones populares de su causa

David Sánchez Pérez-Castejón, David Azagra de nombre artístico, y hermano del presidente Pedro Sánchez, maniobra legalmente en el juzgado contra las acusaciones populares que han presentado querellas contra él en el juzgado de Instrucción 3 de Badajoz. En concreto, su representación legal trata de presentar alegaciones para frenar a las acusaciones de Manos Limpias, el partido Vox, Abogados Cristianos o la Asociación Liberum. El pasado 19 de agosto su abogado interpuso recurso de reforma contra la personación en la causa de esta última asociación porque «carece de legitimidad».

La juez Beatriz Biedma investiga al hermano del presidente del gobierno y a ocho altos cargos de la Diputación de Badajoz, con su presidente socialista a la cabeza, por delitos contra la Hacienda Pública, malversación, tráfico de influencias y prevaricación. La juez tomó sus vacaciones de verano en julio y agosto ha trabajado en la causa, así el pasado día 8 dio por buena la personación de la asociación Liberum, a la que se opuso el abogado de Sánchez.

El último recurso de reforma presentado por David Sánchez se basa en que Liberum, en su opinión, «carece de legitimidad para comparecer en esta causa, por cuanto una cosa es que se interpreten de manera flexible las servidumbres impuestas para alcanzar este papel procesal, y otra bien diferente que se desnaturalice la razón constitucional de ser los acusadores populares».

Entre otras cuestiones, la defensa de Sánchez alega que entre los objetivos de Liberum figura «restaurar los derechos y libertades que se nos han sido usurpados en el transcurso de la pandemia del COVID-19 y lo hace con vocación de perpetuar su labor por los derechos humanos» y explica que «las denuncias o la querella formalizadas hasta el momento tienen absolutamente nada que ver ni con una circunstancia -la pandemia- ni con la otra -la defensa de los derechos humanos-» y añade que el hecho de que «haya sido en otros procedimientos tenida como acusadora popular no significa que ya, de forma autómata, deba ser admitida en todas».

El abogado de Sánchez insiste en que «la defensa genérica de la moral pública, cuando tal defensa viene encomendada por ley a una institución del Estado como es, paradigmáticamente, el Ministerio Fiscal, cuyas pretensiones, dada su imparcialidad, están destinadas ope legis y con un carácter lógico, a defender a la sociedad en su conjunto, a través o por impulso del principio de legalidad, y es necesario medir muy cuidadosamente en cualquier supuesto el tratamiento que, desde un punto de vista adjetivo, deba darse a la llamada acción popular».

Por todo esto Sánchez reclama que «se acuerde la improcedencia de la personación como acusación popular de la asociación Liberum (…) apartándole del proceso por su falta objetiva de legitimación».

MIEDO DE SÁNCHEZ A LAS FILTRACIONES

Tal y como informó MONCLOA el pasado lunes, el hermano de Sánchez ya había pedido a la juez instructora que «se recuerde a las representaciones la obligación de no revelar ninguno de los datos, expresiones u opiniones incautadas, con base en lo que impone el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y con las advertencias propias de esa clase de requerimientos».

El letrado del hermano de Pedro Sánchez presentó este escrito en el Juzgado en referencia a «los autos de 9 y 18 de julio», que acordaron «la incautación de correos electrónicos generados por las cuentas corporativas de la Diputación Provincial de Badajoz en el amplio período de tiempo que se dispone por dicho órgano, afectando a nueve personas vinculadas con dicha administración».

El investigado teme que todas las partes procesales personadas en la causa «pueden tener acceso al contenido de dichos correos, previo traslado, en cuanto, por el momento, integran el expediente criminal, afectando a ciudadanos que no ostentan la condición de investigados». Es decir, que se «cuiden» los correos que el hermano de Sánchez haya podido cruzar con otras personas ajenas, de momento, a la causa.

Sin embargo, la juez ya ha recordado en una providencia a todas las partes que sin necesidad de acordar formalmente el secreto de sumario las diligencias deben tener carácter reservado «y no tendrán carácter público hasta que se abra el juicio oral». Y advierte que el abogado o procurador de cualquiera de las partes «que revelare indebidamente el contenido del sumario será corregido con multa de 500 a 10.000 euros». La juez Biedma apela en su providencia «a la ética profesional y buena fe procesal de todos los intervinientes en aras al cumplimiento de dicho mandato legal y al respeto máximo a la presunción de inocencia de todos los investigados».

Mientras prospera o no el recurso de David Sánchez la juez ya ha pedido a la Agencia Tributaria que identifique al autor del informe de Hacienda donde se detallaba la huella fiscal del hermano del presidente y se consideraba que no tiene obligación de tributar en España por residir en Portugal.