Condenado tras quebrantar la orden de alejamiento de su ex y no darle coartada el párroco

La justicia sevillana ha confirmado una sentencia que condena a un varón a seis meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena. El hombre, sujeto a una orden de alejamiento de su expareja y su domicilio por 12 años, se aproximó a menos de diez metros de la vivienda de la mujer, incumpliendo la restricción legal.

Este caso destaca por la presencia de un testigo inusual: el párroco de la iglesia donde el condenado realizaba trabajos en beneficio de la comunidad. El testimonio del religioso, aunque no pudo determinar con exactitud la hora de salida del hombre el día de los hechos, contribuyó al esclarecimiento del caso y la corroboración de la condena.

La Violación de la Condena y la Prueba Testimonial: Un Análisis del Caso

El Juzgado de lo Penal número uno de Sevilla condenó al hombre inicialmente por quebrantamiento de condena. La sentencia se basó en la declaración de la expareja y su yerno, quienes presenciaron la aproximación del hombre a la vivienda. La defensa del acusado intentó refutar la condena alegando que la geolocalización del teléfono móvil del acusado no coincidía con el lugar de los hechos, pero esta solicitud fue denegada por el juez.

El tribunal justificó la denegación de la prueba argumentando que la localización de un dispositivo móvil no necesariamente coincide con la ubicación de su propietario. La condena se sustentó en la validez de la prueba testimonial de la expareja y su yerno, consideradas creíbles por el juez.

El Testimonio del Párroco y la Falta de Pruebas Defensivas: Una Perspectiva Jurídica

El testigo párroco aportó un testimonio relevante aunque no concluyente. Si bien no pudo precisar la hora de salida del acusado el día del delito, su declaración confirmó la existencia de los trabajos en beneficio de la comunidad, ofreciendo un contexto adicional al caso.

La defensa del acusado intentó contrarrestar la prueba testimonial, presentando dos testigos adicionales. Sin embargo, sus declaraciones no lograron desvirtuar el peso de la evidencia de la acusación. El testimonio del compañero de trabajo del acusado, aunque alegaba una salida tardía del trabajo el día de los hechos, carecía de precisión y no pudo confirmar con certeza que se tratara del mismo día en que ocurrió el delito.

En última instancia, el tribunal desestimó el recurso de apelación del acusado y confirmó la sentencia inicial. La condena se basó en la prueba testimonial considerada sólida y la falta de pruebas concluyentes por parte de la defensa. La presencia del párroco como testigo, aunque no determinante, ofreció una perspectiva adicional que contribuyó a la resolución del caso.