El Colegio de Abogados de Madrid alerta sobre la conflictividad en los tribunales a causa del error en la Ley de Paridad

En un ejercicio de proactividad y compromiso con la igualdad de género, el Ilustre Colegio de Abogacía de Madrid (ICAM) ha anunciado que ya cumple con los requisitos establecidos por la recién aprobada Ley de Paridad, incluso anticipándose a los plazos estipulados por la normativa.

La nueva Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres tiene como objetivo asegurar una representación equitativa de ambos géneros en diversos ámbitos, estableciendo que ninguno de ellos debe superar el 60% ni ser inferior al 40% en cualquier organización. El ICAM, consciente de la importancia de este cambio legislativo, ha trabajado arduamente para cumplir con estos criterios de igualdad, destacando la presencia de mujeres en puestos clave de su organigrama, como la dirección financiera y la de tecnología y transformación digital.

La Ley de Paridad: Avances y Desafíos

La Ley de Paridad busca garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en el sector público y privado. Concretamente, obligará a las grandes empresas y a la Administración General del Estado a contar con un mínimo del 40% de mujeres en sus órganos de dirección, permitiendo incluso que la presencia femenina supere el 60% y llegue hasta un 100%.

Esta normativa contempla plazos específicos para su implementación. Las compañías del Ibex deberán cumplir con este requisito antes del 30 de junio de 2025, mientras que el resto de empresas cotizadas tendrán que hacerlo en 2026. Por su parte, los sindicatos y las asociaciones empresariales tendrán de margen hasta 2028.

En el caso de los colegios profesionales, como el ICAM, la designación de sus miembros de las Juntas de Gobierno o Consejos de Gobierno deberá alcanzar el porcentaje del 40% del sexo menos representado en dichos órganos a fecha de 30 de junio de 2026.

Consecuencias del «Error Técnico» en la Ley de Paridad

Lamentablemente, la entrada en vigor de la Ley de Paridad se ha visto empañada por un «error técnico» en su redacción, según ha reconocido la ministra de Igualdad, Ana Redondo. Este error desprotege a los trabajadores que se acojan al nuevo permiso de cinco días por cuidado de un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización o a una adaptación de jornada.

La presidenta de la sección de Igualdad del ICAM, Estela Martínez, ha explicado que, en lugar de tomar como base la redacción del Estatuto de los Trabajadores, se utilizó la de la Ley Trans, donde no estaban incluidas las dos causas objetivas o automáticas de nulidad. Esto significa que, a partir de ahora, lo que antes era un despido nulo, pasará a ser un despido improcedente, obligando a los trabajadores a pleitear para defender sus derechos.

Ante esta situación, Martínez ha recomendado a los trabajadores «esperar» a que el Gobierno subsane el error, ya que «a partir de hoy, lo único cierto es que no aplica la nulidad objetiva automática» y, por tanto, «hay una desprotección» para los empleados.