La AN condena a 3 años y medio a un capo de la Camorra por delito contra la salud

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a Francisco D’Argenio, jefe de una organización criminal próxima a la Camorra italiana, a 3 años y 6 meses de cárcel por un delito contra la Salud Pública. Sin embargo, el tribunal lo absolvió de los delitos contra la Salud Pública de sustancias que causan grave daño a la salud, falsedad, denuncia falsa y blanqueo de capitales.

En la sentencia, la Sala de lo Penal condenó a otras cinco personas a penas de entre 1 y 6 años de prisión, mientras que eximió de responsabilidad penal a 12 de los acusados que se sentaron en el banquillo el pasado mes de junio. Cabe recordar que la Fiscalía había solicitado 21 años y 6 meses de cárcel para D’Argenio por cinco delitos, pero el acusado aseguró en su declaración que solo se dedicaba a la compraventa de vehículos y relojes.

Transporte de Drogas y Blanqueo de Capitales

A lo largo de 122 páginas, los magistrados de la Sección Tercera consideraron a D’Argenio responsable del transporte de 385,4 kilos de hachís que fue incautado en Civitavecchia (Italia) el 5 de diciembre de 2015. Este hecho también fue atribuido a Giuseppe Carrano, Rafaele Silvestri y Juan Alberto Mieres.

Además, el tribunal condenó a otros acusados por la incautación de 17 kilos de cocaína, 9,6 kilos de marihuana y 155 kilos de hachís, así como por un delito de tenencia ilícita de arma corta y otro de blanqueo de capitales. La sentencia señala que D’Argenio, Carrano, Silvestri y Mieres «estuvieron en la nave industrial donde se cargaron las furgonetas con la droga en los momentos coincidentes con la carga de la droga en ellas, permaneciendo incluso D’Argenio hasta pocos minutos después de la salida del camión en el que las habían cargado». Esto, junto a la búsqueda en Internet que realizó D’Argenio sobre «droga» y «Civitavecchia», y la colocación de GPS en las furgonetas, les permitió deducir que todos ellos participaron en el transporte de la droga.

Actividad Económica y Blanqueo de Capitales

Los magistrados consideraron probado que D’Argenio se dedicaba a la compraventa y alquiler de vehículos, a la compraventa de relojes de lujo y, posteriormente, a la representación de futbolistas de fútbol profesional. Además, «manejaba importantes cantidades de dinero, que podían proceder de las ganancias obtenidas en esos negocios», realizando «ingresos de elevadas cantidades de dinero en efectivo sirviéndose de varias personas físicas en distintas cuentas bancarias».

Sin embargo, los jueces no pudieron tener por acreditado que las cantidades invertidas por D’Argenio en varios de los negocios abiertos en España tuvieran por origen las ganancias obtenidas del tráfico ilícito de drogas o la comisión de cualquier otro delito. Esto se debe a que las «declaraciones de los numerosos testigos propuestos por la defensa de D’Argenio que expusieron las operaciones de compraventa de relojes de lujo en las que habían intervenido» demostraron el «posible origen de las grandes cantidades de dinero en efectivo que manejaba este acusado».