Un hombre acusado de abordar a una mujer en el portal de su casa y realizarle tocamientos ha sido condenado a 18 meses de cárcel tras alcanzar un acuerdo que ha influido en la sentencia final. La condena, dictada por el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares este martes, consideró la atenuante de reparación del daño, dado que el acusado abonó la cantidad correspondiente en concepto de responsabilidad civil a la víctima.
La sentencia atenuada por reparación del daño
La sentencia ‘in voce’ pronunciada este martes declaró al hombre como responsable de un delito de agresión sexual. La importancia de la reparación del daño realizada por el acusado jugó un papel crucial en la determinación de la condena, ya que ésta implicaba una compensación económica a la víctima.
Además, el Tribunal, a petición de las partes y teniendo en cuenta que el hombre no tenía antecedentes previos, decidió aceptar la suspensión de la pena privativa de libertad de 18 meses bajo la condición de que el condenado no delinca durante un periodo de tres años. Esta decisión refleja el enfoque del sistema judicial en otorgar una segunda oportunidad a aquellos que no presentan historial delictivo.
Los detalles de los hechos ocurridos
Los hechos por los que el hombre fue condenado se remontan al 23 de abril de 2023. Según el relato judicial, el acusado abordó a la víctima en el portal de su casa, pidiéndole que se sentara con él y que le diera un beso. Tras la negativa de la mujer, el hombre procedió a agarrarla del brazo e inmovilizarla, llevándose a cabo los primeros tocamientos no consentidos.
La situación se tornó aún más alarmante cuando la víctima logró entrar en el portal buscando seguridad, pero el hombre la siguió, agarrándola nuevamente y repitiendo los tocamientos. Estos actos motivaron la intervención de las autoridades y la posterior denuncia, que culminó en el proceso judicial ahora concluido.
La solicitud de la fiscalía y resolución final
Inicialmente, la Fiscalía pedía una pena de tres años de prisión para el acusado. Sin embargo, también planteaba que dicha pena de tres años fuese sustituida por la expulsión del territorio nacional durante un periodo de nueve años. No obstante, el acuerdo alcanzado entre las partes y la atenuante de reparación del daño condujeron a una sentencia menos severa de 18 meses de prisión con suspensión de pena.
Este caso resalta la relevancia de las medidas reparadoras en el proceso judicial, así como la importancia de un abordaje integral de la justicia que contemple tanto la sanción como la rehabilitación del individuo. La aceptación de la suspensión de la pena en presencia de una correcta reparación del daño y la ausencia de antecedentes es una práctica que busca fomentar la reintegración social del condenado, evitando que una pena privativa de libertad se convierta en un obstáculo insalvable para su futura conducta.
En resumen, esta condena pone en relieve el equilibrio judicial necesario entre castigo y rehabilitación, proporcionando una resolución que no solo busca reparar el daño infligido, sino también prevenir futuras conductas delictivas por parte del acusado. La respuesta judicial en este caso demuestra un enfoque en la rehabilitación individual, sin olvidar la protección de la sociedad y el reconocimiento a los derechos de las víctimas.
Este caso particular de una agresión sexual en Palma, finalizado con un acuerdo y una compensación a la víctima, subraya la importancia de los principios de reparación del daño y rehabilitación, elementos cruciales en el derecho penal contemporáneo. La justicia busca no solo castigar los delitos, sino también fomentar un entorno donde los infractores, tras recibir su correspondiente sanción, puedan reintegrarse de manera positiva en la sociedad, contribuyendo así a la armonía social y prevención de futuros delitos.