Las Agencias de viajes no podrán implementar el registro documental en octubre, según CEAV

La industria del turismo en España se enfrenta a un desafío sin precedentes con la inminente entrada en vigor del Real Decreto 933/2021. Este decreto, que establece nuevas obligaciones de registro documental para las reservas turísticas, ha generado una ola de preocupación entre las agencias de viajes y otros actores del sector. La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha alzado su voz de alarma, advirtiendo sobre las graves consecuencias que esta normativa podría tener para miles de pequeñas y medianas empresas del sector turístico.

El Real Decreto 933/2021, cuya aplicación está prevista para el 1 de octubre, ha suscitado una serie de inquietudes legales y operativas. Las agencias de viajes, en particular, se encuentran en una posición delicada, ya que consideran que la normativa les impone obligaciones que van más allá de su ámbito de actuación habitual. Este conflicto entre la legislación y la realidad del sector ha puesto de manifiesto la necesidad de un diálogo más profundo entre las autoridades y los representantes de la industria turística para encontrar soluciones que sean viables y beneficiosas para todas las partes involucradas.

Desafíos técnicos y operativos para las agencias de viajes

La implementación del Real Decreto 933/2021 presenta numerosos obstáculos para las agencias de viajes. Uno de los principales problemas radica en la falta de recursos técnicos y humanos necesarios para cumplir con los nuevos requerimientos de registro. Las agencias, especialmente las más pequeñas, se enfrentan a la difícil tarea de adaptar sus sistemas y procesos en un plazo muy limitado.

Además, la plataforma diseñada para el cumplimiento de estas nuevas obligaciones presenta aún deficiencias significativas que no han sido resueltas. Esto añade una capa adicional de complejidad al proceso de adaptación, ya que las agencias se ven obligadas a trabajar con un sistema que no está completamente optimizado para sus necesidades.

La CEAV ha expresado su preocupación por el impacto que estas dificultades técnicas podrían tener en la operatividad diaria de las agencias. El cumplimiento de la nueva normativa podría ralentizar significativamente los procesos de reserva y gestión de viajes, afectando negativamente la experiencia del cliente y la eficiencia operativa de las empresas.

Implicaciones legales y de protección de datos

El Real Decreto 933/2021 no solo plantea desafíos operativos, sino que también suscita importantes cuestiones legales. La CEAV ha señalado que la normativa podría estar en conflicto con las leyes vigentes de protección de datos. Esta situación coloca a las agencias de viajes en una posición delicada, ya que podrían verse obligadas a elegir entre cumplir con el nuevo decreto o respetar las normas de protección de datos.

La confederación argumenta que la aplicación del decreto podría resultar en un tratamiento masivo e ilícito de datos personales. Esta preocupación es particularmente relevante en un momento en que la privacidad y la seguridad de los datos se han convertido en temas de crucial importancia tanto para los consumidores como para las empresas.

Además, la CEAV sostiene que el decreto ha realizado una definición extensiva de los conceptos de hospedaje y transporte, incluyendo a las agencias de viajes en su ámbito de aplicación. Sin embargo, las agencias argumentan que ellas no prestan directamente estos servicios, sino que actúan como intermediarias. Esta discrepancia en la interpretación de la norma podría tener importantes implicaciones legales y operativas para el sector.

Impacto en sectores específicos del turismo

El Real Decreto 933/2021 tiene implicaciones particulares para ciertos segmentos del sector turístico que requieren una atención especial. Los viajes corporativos, el turismo receptivo, el sector MICE (Meetings, Incentives, Conferences and Exhibitions) y la touroperación se ven especialmente afectados por la nueva normativa.

En el caso de los viajes corporativos y el sector MICE, la aplicación del decreto podría complicar significativamente la organización de eventos y viajes de negocios. Estos segmentos del mercado a menudo requieren una gran flexibilidad y rapidez en la gestión de reservas y cambios de última hora, algo que podría verse obstaculizado por los nuevos requisitos de registro.

El turismo receptivo, por su parte, podría enfrentar dificultades adicionales al tener que cumplir con la normativa para visitantes internacionales. Esto podría afectar la competitividad de España como destino turístico, en un momento en que el sector busca recuperarse de los efectos de la pandemia.

La touroperación, que implica la gestión de grandes volúmenes de reservas y la coordinación de múltiples servicios, también se enfrenta a desafíos significativos para cumplir con los nuevos requisitos de registro. La complejidad adicional que introduce el decreto podría afectar la eficiencia y la rentabilidad de estas operaciones.

En conclusión, el Real Decreto 933/2021 ha generado una profunda preocupación en el sector turístico español. Las agencias de viajes y otros actores del sector se encuentran en una carrera contrarreloj para adaptarse a una normativa que consideran difícil de implementar y potencialmente perjudicial para sus operaciones. La CEAV y otras asociaciones del sector continúan abogando por una moratoria y un diálogo más profundo con las autoridades para encontrar una solución que equilibre las necesidades de seguridad y control con la viabilidad operativa del sector turístico.

en de los medios –ni técnicos, ni de personal– para hacer frente a los requerimientos del RD, a lo que añaden «las deficiencias que aún presenta la plataforma y que no han sido subsanadas».

Además, la aplicación de la norma es considerada por la entidad como un «incumplimiento» de lo acordado en su momento con el Ministerio de Interior, que se comprometió a publicar una Orden Ministerial que regulara el alcance del Real Decreto 933/2021.

Desde CEAV exige una moratoria a la entrada en vigor del Real Decreto y un encuentro urgente con los Ministerios de Interior y de Industria y Turismo para «impedir» llegar a una situación que «tendrá desastrosas repercusiones para miles de pymes».

Asimismo, la confederación se encuentra estudiando acciones legales, destacando que, tal y como indica la disposición derogatoria única de la normativa anterior «en tanto no se produzca el desarrollo de este RD, las órdenes del ministerio de 1974 y de 2003 mantendrán su vigencia en lo que no contravenga su contenido».

Sin embargo, en este caso, CEAV ha afirmado que, al ampliar el ámbito de aplicación, se regula en contra de ese contenido. «Esto conlleva la necesidad legal de una Orden Ministerial», ha añadido.

Como ya ha manifestado en numerosas ocasiones, la confederación pide que las agencias de viajes deben quedar fuera de la aplicación de la norma, ya que «se ha realizado una definición extensiva del hospedaje y transporte incluyendo a las agencias, cuando estas no prestan esos servicios».

«El RD vulnera, además, la normativa vigente de protección de datos y, por tanto, su entrada en vigor podría suponer un tratamiento masivo e ilícito de datos personales», ha criticado la patronal.

En palabras de CEAV, la norma se ha demostrado de «imposible cumplimiento» en ámbitos de actuación tales como los viajes corporativos, el receptivo, el MICE y la touroperación, entre otros. Por tanto, ha asegurado que el borrador de Orden Ministerial enviada por el Ministerio en noviembre excluía del ámbito de aplicación al MICE y al Corporativo, pero el incumplimiento de publicación de esa Orden pudiera dejar sin efecto esta exclusión.

Esta posición de la patronal sigue la misma línea que las versiones de Fetave, UNAV y Acave que, en un comunicado conjunto, han alertado de un riesgo de colapso ante la inminente entrada en vigor del Real Decreto 933/2021.

Así, consideran «inaceptable» que Interior haya tomado esta decisión «desoyendo sus advertencias», y critican que «esta medida abocará a las agencias de viajes a una situación grave de inseguridad jurídica por imposibilidad objetiva de cumplir con la normativa vigente».