El Tribunal Constitucional (TC) ha generado una gran controversia al estimar parcialmente los recursos de amparo presentados por varios ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados por el «procedimiento específico» de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas. Dos magistrados del TC, César Tolosa Tribiño y Concepción Espejel Jorquera, han expresado su voto particular disidente, denunciando que las sentencias del TC «declaran de facto irresponsables» a los recurrentes y «extienden sobre ellos un privilegio de inviolabilidad e inmunidad«.
Según los magistrados disidentes, las resoluciones del TC que estiman parcialmente los recursos de amparo «efectúan una revisión de oficio de las sentencias del Tribunal Supremo, desvinculándose de los argumentos de los recurrentes«. Advierten que esta «doctrina» del TC «deja al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución«, lo que «desprotege la indemnidad del patrimonio público, el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, la confianza de la sociedad en el manejo honesto de los fondos públicos, los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de la administración pública«.
La Construcción de un «Mantra Jurídico» sin Sustento Racional
Los magistrados Tolosa Tribiño y Espejel Jorquera consideran que las sentencias del TC incurren en una «construcción artificiosa a modo de mantra jurídico que carece de sustento racional», en referencia a la premisa de que «quien obra amparado por la ley de presupuestos no puede prevaricar ni puede malversar caudales públicos«. Ellos precisan que «ninguno de los condenados estaba amparado por las sucesivas leyes de presupuestos para cometer los delitos«.
Además, señalan que el TC «suplanta» al Tribunal Supremo «al interpretar los conceptos de resolución y de asunto administrativo«, lo que representa «por primera vez en la historia del TC, dicha instancia rectifica el criterio del Tribunal Supremo en la interpretación de un elemento recogido en la descripción de la conducta típica y sustituye la valoración probatoria efectuada por los órganos judiciales, dejando al margen de todo control el proceso de elaboración, modificación y ejecución presupuestaria«.
La Alarmante Puesta en Libertad de los Condenados
Como resultado de estas decisiones del TC, algunos de los ex altos cargos condenados por el «procedimiento específico» de financiación de los ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas, como Francisco Vallejo, Miguel Ángel Serrano Aguilar y Carmen Martínez Aguayo, ya han sido puestos en libertad. Los magistrados disidentes advierten que esta situación «desprotege la indemnidad del patrimonio público, el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, la confianza de la sociedad en el manejo honesto de los fondos públicos, los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de la administración pública«.
En resumen, la controversia suscitada por las decisiones del Tribunal Constitucional en torno a los recursos de amparo de los ex altos cargos condenados por los ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas ha generado una profunda preocupación entre los magistrados disidentes, quienes consideran que estas resoluciones «dejan al margen de todo control» el proceso presupuestario y «desprotegen el patrimonio público», lo que podría tener graves consecuencias para la confianza de la sociedad en la justicia y la transparencia de las instituciones.