Estupor en el PP ante la actuación del Constitucional como una «instancia judicial más»

El Tribunal Constitucional ha iniciado el borrado de la sentencia de los ERE, hasta ahora el mayor caso de corrupción en España y que afecta directamente al PSOE de Andalucía. El Tribunal Constitucional no pertenece al Consejo General del Poder Judicial y su misión es garantizar el cumplimiento de la Carta Magna y su acatamiento de los poderes públicos. Tal es su politización que es un órgano al margen del Poder Judicial, pero «se ha convertido en una tercera instancia judicial, por encima del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional», según señalan fuentes ‘populares’.

Con la ley de amnistía se corría ese riesgo, siendo una de las tres grandes guerras jurídicas e institucionales que se libran desde la entrada en vigor de la norma. Por un lado, el Congreso, con el PSOE y sus socios con mayoría por un solo voto, y el Senado, con mayoría absoluta del PP, entraron en una guerra institucional, con veto desde la Cámara Baja a la Cámara Alta, mientras que el Tribunal Supremo se enfrenta al remiendo del Constitucional, como si de una tercera instancia judicial se tratara al considerar vulnerados derechos fundamentales en casos como el de los ERE de Andalucía, de donde se volatilizaron más de 670 millones de euros destinados a parados en pagos de favores, prostitutas y drogas.

Fuentes del PP consideran que los actos del Tribunal Constitucional para enmendar las sentencias del Supremo y de otras instancias judiciales no es más que «una nueva demostración de la politización de la justicia. El Constitucional no está para cambiar ni modificar sentencias judiciales ni para fiscalizar al Tribunal Supremo, como ha hecho en estos casos», argumentan los ‘populares’. «Sienta un mal y peligroso precedente», apostillan.

EL PRECEDENTE DEL TC AL ENMENDAR AL SUPREMO

Algunos juristas consultados por este medio apuntan que las sentencias del Tribunal Constitucional sobre los ERE dejan «preocupación», pero muestran prudencia a la hora de pronunciarse más claramente. «Faltan los votos particulares, que suelen arrojar más luz sobre el fondo de la cuestión», avisan.

El hecho de convertir al Constitucional en una tercera instancia judicial ya fue motivo de bronca en el pasado. De hecho, con la ley de amnistía se corría el riesgo de que Conde Pumpido y los otros seis magistrados considerados progresistas pudieran estar por encima del Supremo. Con la sentencia de los ERE, Hazte Oír ha interpuesto una querella contra los siete magistrados que votaron a favor de borrar la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de los ERE al amparar a la exministra y exconsejera del PSOE Magdalena Álvarez.

Cándido Conde-Pumpido, presidente del TC
Cándido Conde-Pumpido, presidente del TC

La querella va contra Conde-Pumpido, Inmaculada Montalbán, Laura Díez, María Luisa Segoviano, María Luisa Balaguer, Ramón Sáez y Juan Carlos Campo por haber cometido presuntamente un delito de prevaricación al asumir unas competencias que no tiene.

QUERELLA CONTRA MAGISTRADOS POR PREVARICACIÓN

En su sentencia, el Constitucional acusa al Supremo de criminalizar la actividad política de altos cargos de la Junta de Andalucía y hacerlo, además, sin argumentos suficientes. En este sentido, anula las penas de inhabilitación y prisión por la prevaricación y malversación de caudales públicos.

La Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo condenaron en firme a la plana mayor entonces del PSOE, como a Manuel Chaves, José Antonio Griñán y a la exministra Magdalena Álvarez, entre otros altos cargos, por las ayudas ilegales a empresas y trabajadores. Los preceptivos controles fallaron estrepitosamente, el Supremo habló de «malversación continuada», y se repartieron de forma irregular millones de euros del erario público.

En la llamada pieza política, el Tribunal Supremo condenó a 6 años y dos días de cárcel e inhabilitación absoluta por 15 años y dos días a José Antonio Griñán, ex consejero de Economía y ex presidente de la Junta de Andalucía por sendos delitos continuados de malversación y prevaricación. Pese a la sentencia, Griñán no ha entrado en prisión. El también expresidente de la Junta y del PSOE, Manuel Chaves, fue condenado a 9 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación, sin pena de prisión.

EL TC BORRA EL MAYOR CASO DE CORRUPCIÓN EN ESPAÑA

Antonio Fernández y Francisco Javier Guerrero fueron condenados a 7 años, 11 meses y 1 día, por los delitos continuados de malversación y prevaricación; mientras Lourdes Medina, Javier Aguado y Juan Francisco Sánchez, exsecretarios generales, fueron absueltos de la malversación, pero condenados a nueve años de inhabilitación por prevaricación. Medina fue inhabilitada por ocho años, 6 meses y un día. El exdirector de Idea Jacinto Cañete fue condenado a ocho años y medio y un día de inhabilitación.

Antonio Fernández ha sido de los primeros en ver modificada su sentencia tras la revisión del Tribunal Constitucional, que ha anulado su condena y ha ordenado a la Audiencia de Sevilla que dicte una nueva para rebajar su pena de prisión. El pleno del tribunal presidido por Cándido Conde Pumpido adoptó esta medida con siete votos a favor y cuatro en contra. Además, considera que se ha visto vulnerado su derecho a la legalidad penal, la tutela judicial efectiva y su presunción de inocencia.

Para el Constitucional, tanto la Audiencia de Sevilla como el Tribunal Supremo hicieron una «interpretación y aplicación imprevisible del delito de malversación», extremo prohibido en el ordenamiento jurídico actual. El TC no ha dado a conocer los votos particulares y por norma general habrá que esperar un mes para conocerlo ya que sus sentencias y los votos particulares deben publicarse en el BOE. De esta forma, se entraría en agosto, en plenas vacaciones, para conocerlo. Por primera vez, además, no ha facilitado a la prensa los votos particulares y contrarios a su sentencia.

Asimismo, ha estimado parcial o totalmente los recursos de Carmen Martínez Aguayo -por vulneración de sus derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia-; Jesús María Rodríguez Román -derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia-; Francisco Vallejo Serrano -derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia-; Antonio Fernández -legalidad penal pero rechaza sus quejas relativas a la presunción de inocencia y al derecho a la tutela judicial efectiva-; y Miguel Ángel Serrano Aguilar -derecho a la legalidad penal y de su presunción de inocencia-.