La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ha acordado que el CEO del Grupo Globalia, Javier Hidalgo, debe comparecer ante el juez Ismael Moreno, Juez Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, como testigo en el llamado Caso Koldo. La Sala estima parcialmente el recurso presentado por la acusación popular Asociación Lieberum contra el auto del juez instructor que denegó la práctica de esta diligencia en un principio. La Asociación Lieberum solicitó la práctica de esta testifical y la de la CEO de la empresa Wuakalua Huib, pero la Sala acepta únicamente la declaración como testigo de Hidalgo.
Frente al instructor que no consideró procedente la citación de Hidalgo, la Sala entiende que se trata de una diligencia útil y pertinente para el conocimiento exacto de los términos en los que se han venido prestando los servicios de transporte de material sanitario, «derivados, no nos olvidemos, de un contrato de adjudicación pública ( contratos públicos relacionados con la pandemia COVID 19) en las fechas expresadas en los hechos recogidos en la querella, así como el esclarecimiento del pago por tales servicios, incluidas las comisiones, y a quien se pagaron las mismas».
El auto señala que el CEO de Globalia, como alegan los recurrentes, «obtuvo por los servicios de transporte aéreo prestados los pagos pertinentes de la mercantil investigada Soluciones de Gestión y al parecer pagó también una cantidad de dinero en concepto de comisión al investigado Víctor González de Aldama Delgado a través de la mercantil MTM 180 Capital S.L.». El tribunal añade que Aldama está relacionado profesionalmente con Soluciones de Gestión, la sociedad adjudicataria del concurso público, que controlaba conjuntamente con el Grupo Cueto, conglomerado empresarial que gestionaba Soluciones de Gestión. Por todo ello, la Sala considera que resultará útil oír a Hidalgo para el esclarecimiento total de los hechos denunciados en esta causa.
Respecto a la CEO de Wakalua el tribunal rechaza que declare ante el juez instructor al menos en este momento procesal puesto que, sin perjuicio de sus posibles gestiones para traer mascarillas a España, éstas «son ajenas a los contratos vinculados al servicio prestado por Globalia, del que tiene que dar explicaciones el CEO de tal mercantil».