La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Supremo la aplicación de la ley de amnistía a los delitos de malversación y desobediencia atribuidos a los líderes del proceso independentista catalán, incluyendo al expresidente Carles Puigdemont. Según el Ministerio Público, no aplicar la amnistía dejaría prácticamente sin contenido lo dispuesto en la norma que entró en vigor la semana pasada.
La petición de la Fiscalía abarca también a los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, así como a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, al exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y a los exconsejeros condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Además, solicita el levantamiento de las órdenes nacionales de detención contra Puigdemont, Puig, Ponsatí y Rovira, y el archivo de la causa que permanece abierta en su contra.
La malversación del ‘procés’ no afectó los intereses financieros de la Unión Europea
En su informe, los fiscales argumentan que la malversación del ‘procés’ es amnistiable, entre otras razones, porque los hechos probados en esta causa no contienen ninguna alusión o referencia a que se hubiera producido una afectación directa o indirecta a los intereses financieros de la Unión Europea.
Señalan que no se aprecian razones para entender que sea de aplicación la exclusión prevista en el art. 2.e) LOA, ya que no consta que se vieran afectados los intereses financieros de la UE. Añaden que los fondos desviados no eran fondos europeos según las definiciones ofrecidas por la Directiva (UE) 2017/1371 y por el Reglamento (UE) 2017/1939. Desde el punto de vista de los ingresos, afirman que el presupuesto de la Unión no sufrió impacto alguno a causa del desvío de fondos para la celebración de la consulta independentista del 1 de octubre de 2017.
Ausencia de enriquecimiento personal en la malversación
Los fiscales insisten en que se puede amnistiar la malversación porque el perjuicio patrimonial causado a la Administración por los encausados no es equiparable al enriquecimiento personal de carácter patrimonial.
Concluyen que se debe amnistiar la malversación siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017. Recalcan que, transcurridos varios años desde la celebración de la consulta del 1 de octubre de 2017, es notorio que la misma fue íntegramente financiada mediante el desvío de fondos públicos que fueron ilícitamente distraídos. No amnistiar estos hechos, según los fiscales, dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto en la ley de amnistía.
Sin embargo, matizan que dicha conducta no será susceptible de ser amnistiada cuando, al margen de la voluntad o ánimo de conseguir la celebración de las consultas, el responsable del delito persiguiera, asimismo, la consecución de otras finalidades de carácter económico o patrimonial.
La Fiscalía respalda la legitimidad de las condenas y los tribunales que las dictaron
En otro escrito remitido a la Sala de lo Penal del Supremo, en el que pide aplicar la amnistía a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, la Fiscalía respalda las condenas impuestas y a los tribunales que juzgaron el proceso independentista catalán, aunque vayan a ser amnistiados por decisión del Poder Legislativo.
Señalan que el hecho de que los delitos cometidos sean amnistiados por decisión del legislador español no permite poner en duda la legitimidad de las condenas o la de los jueces y tribunales que las dictaron. Inciden en que la entrada en vigor de la ley de amnistía no ofrece un nuevo trámite procesal que permita discutir o poner en tela de juicio la realidad de los hechos por los que los reos fueron condenados, ni se abre ahora una nueva oportunidad para efectuar una nueva valoración o revisión de la subsunción jurídica en su día realizada.
Los informes aportados por la Fiscalía recogen el criterio del fiscal general, que consiguió el aval de la mayoría de la Junta de Fiscales para pedir al Supremo que amnistíe la malversación, la desobediencia y los desórdenes públicos atribuidos a los encausados del ‘procés’. La postura del fiscal general obtuvo 19 votos, frente a los 17 que recabaron los fiscales del 1-O, quienes defendían que no era viable amnistiar la malversación porque tuvieron ánimo de lucro y afectaron a los intereses financieros de la Unión Europea.