La Justicia ha dado la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y ha anulado la sanción al delegado suspendido de empleo y sueldo en el caso de la multa de Palamós, una multa por exceso de velocidad de 150 euros que acabó convirtiéndose en una de 900 euros y en la causa de un presunto delito contra la administración pública, por falsificación documental y prevaricación por parte del alcalde de Palamós.
El objeto del recurso administrativo presentado por CSIF es la resolución del 9 de mayo de 2023, dictada por el Ayuntamiento de Palamós, que imponía al recurrente la suspensión de funciones durante 6 meses con pérdida de retribuciones, en virtud de dos sanciones graves sancionadas con suspensión de funciones durante 3 meses cada una.
La denuncia viene originada por la multa por exceso de velocidad a un vehículo camuflado de la Policía Local y que, en contra de lo que aseguraba el jefe de la Policía, era conducido por el ex regidor y cuyo copiloto era el alcalde. Así se demostró cuando el juez, en el contencioso-administrativo que interpuso CSIF para que se esclarecieran los hechos, concedió la despixelación de la fotografía del radar.
EL DELEGADO DIJO QUE NO CONDUCÍA UN AGENTE, SINO QUE IBAN EL EX ALCALDE Y ALCALDE DE ERC
Por defender a los compañeros, a uno de los delegados de CSIF le sancionaron con 6 meses de suspensión de empleo y sueldo por acudir a la radio a declarar que no era cierto que ese vehículo fuera conducido por un agente de servicio. CSIF, en defensa de este agente, delegado del sindicato, puso el caso en manos de la Justicia, ya que consideraban que esa «venganza inexplicable contra su delegado no podía quedar impune».
El juzgado de Instrucción 1 de Sant Feliu de Guíxols ha citado para el 22 de mayo, como investigados, al alcalde de Palamós, Lluís Puig, al ex regidor de Seguridad Ciudadana, Alfons Bartolomé, ambos de ERC, y al jefe de la Policía Local palamosina, el inspector Josep de Monteys, por el asunto de la multa, ya que se investiga un presunto delito contra la administración pública, por falsificación documental y prevaricación.
La citación se produjo dentro de las diligencias judiciales por la denuncia presentada por la CSIF y tres de sus delegados, agentes de la Policía Local. Fruto del contencioso administrativo contra esta sanción, el juez concedió la despixelación de la fotografía del radar donde se comprobaba que conducía el exregidor y el alcalde iba de copiloto.
«Después de negar durante meses saber nada de la multa y gastarse más de diez mil euros en el expediente contra nuestro delegado, el alcalde y el exregidor recuperaron la memoria y reconocieron ser ellos los que usaron el vehículo oficial. Pero el daño ya está hecho: la angustia de uno de los delegados suspendido seis meses de empleo y sueldo y, peor aún, a otro de nuestros delegados, desgraciadamente, se le ha concedido una incapacidad absoluta para su trabajo», indican fuentes de CSIF.
LA SANCIÓN AL DELEGADO DE CSIF SE REDUCE DE 6 MESES A 16 DÍAS
Ahora, la Justicia ha dado otra vez la razón a (CSIF) que declara que «mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, queda clara la veracidad de todo lo declarado en la radio por nuestro delegado, como queda clara la identidad del conductor y del acompañante así como la falta de interés del Ayuntamiento en el esclarecimiento de los hechos», informan fuentes sindicales.
«Es verdad que se reduce la sanción de 6 meses a 16 días (sanción mínima). Esta sanción no es por mentir, sino por el riguroso código disciplinario, habiendo sido sancionados contra el decoro y la dignidad de los funcionarios, contra la imagen del Cuerpo y contra el prestigio y la consideración debidos a la Corporación», explican fuentes de CSIF.
Y es que «en la testifical de la sentencia se acredita la veracidad de los hechos denunciados en la radio, por lo que nos es incompresible la sanción de 16 días». Por otro lado, «estamos satisfechos, ya que en la vía judicial se acredita la mala praxis del Ayuntamiento pero recurriremos esta sentencia, ya que pensamos que la libertad de expresión es igual para todos, máxime cuando se actúa en condición de delegado sindical, en defensa de los trabajadores, ya que así se está coartando tanto la libertad de expresión como la libertad sindical, amparadas por la Constitución», matizan sobre la sentencia con fecha del 29 de abril.
CSIF PIDE AL ALCALDE DE PALAMÓS QUE NO HAGA MÁS EL RIDÍCULO
El alcalde de Palamós también ha hecho una valoración del caso en Radio Palamós, donde afirma que el Ayuntamiento «realiza una lectura positiva de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Girona que reduce la sanción a un delegado sindical de la Policía Local». Además, Lluís Puig, considera que la resolución judicial no exime al agente de su responsabilidad sino que, «por el contrario, reafirma que su actuación atentó contra la imagen del cuerpo y de la corporación municipal y que, por tanto, es culpable».
«que deje de hacer el ridículo y que no saque conclusiones más allá de los que dice la sentencia»
Lluís Puig ha dicho que «no abrir el expediente a Miquel Àngel Garcia sí hubiera sido una conducta irregular por parte del Ayuntamiento». También remarcó que la gestión del expediente se encargó a un instructor externo y que el proceso se ha tramitado «correctamente». El alcalde de Palamós no cree que el juez enmiende la plana al Ayuntamiento, sino que confirma la culpabilidad del delegado sindical expedientado y sancionado.
Por eso, ante estas declaraciones CSIF pide al alcalde «que deje de hacer el ridículo y que no saque conclusiones más allá de los que dice la sentencia» y le recuerda que aún tiene pendiente un procedimiento penal, por el mismo caso, contra él, por presuntos delitos contra la administración pública, falsedad documental y prevaricación.