Todos los cambios en las deducciones en la Renta 2023 de Madrid frente al infierno catalán

La campaña de la Renta 2023 muestra las notables diferencias en la gestión tributaria entre Madrid y Cataluña. La brecha en materia de impuestos entre ambas comunidades autónomas se pone de manifiesto a la hora de realizar la Declaración de la Renta 2023, especialmente para las rentas medias, las más castigadas en la región liderada por ERC, frente al oasis de Madrid, donde la libertad económica es el principal objetivo. Las deducciones descritas en este artículo no son todas, sino aquellas que se han modificado desde la campaña de la Renta 2022 a la Renta 2023.

El Gobierno de Ayuso modificó la tasa autonómica este año y volvió a deflactar el IRPF en la Renta 2023 para aliviar a las familias de los efectos adversos y demoledores de la inflación. Cataluña, que llegó a tildar a Madrid de ‘dumping fiscal’, siguió el mismo camino poco después. El Gobierno de Pedro Sánchez, en cambio, se niega a aliviar la presión fiscal a las familias y mantiene invariable el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así, según recogen los expertos de Tax Down consultados por este medio, estos son todos los cambios en Madrid y Cataluña, sin contar con las deducciones ya existentes.

DEDUCCIÓN POR HIJO Y ADOPCIÓN: DE LOS 721 € DE MADRID A LOS 300 DE CATALUÑA

La Comunidad de Madrid cambia de escala autonómica este año algunas de las deducciones a las que se tiene derecho. Así, para el nacimiento o adopción de hijos desde el 1 de enero de 2023 se podrá deducir 721,7 euros por cada hijo. En caso de partos o adopciones múltiples, se incrementa en 721,7 por cada hijo. Hasta ahora, esta deducción alcanzaba los 600 euros.

La deducción se aplica durante el nacimiento o adopción durante tres ejercicios fiscales, a contar desde esta Declaración de la Renta 2023. Para poder beneficiarse de ella, el hijo debe convivir con el declarante. En caso de convivir en familia y realizar la declaración individual, cada uno de los padres pueder incluir la mitad de la deducción. Para poder aplicarse, la tributación individual no debe superar los 30.930 euros, mientras que la conjunta quedaría en un máximo de 37.322,2 euros. Otro de los requisitos para tener derecho a esta deducción en la Renta 2023, así como los dos ejercicios posteriores, es que la suma de las bases imponibles no puede superar en el conjunto de la unidad familiar los 61.860 euros.

En Cataluña, la cantidad a deducirse alcanza solo los 150 euros por nacimiento o adopción en la Declaración individual de la Renta 2023 de cada uno de los progenitores. La cifra alcanza los 300 euros en el caso de la Declaración conjunta o de una familia monoparental, definida como el contribuyente que convive con los hijos y que éstos dependan económicamente.

Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, pone de manifiesto las bonificaciones de la Renta 2023
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, pone de manifiesto las bonificaciones de la Renta 2023

Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad, Madrid ha modificado los requisitos. Se trata de una deducción fiscal que puedes aplicar si contratas a empleados del hogar y tienes hijos menores de 3 años, convives con mayores de 65 años dependientes o con personas con discapacidad. Para ello, el máximo será del 25% de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con el límite de deducción de 463,95 euros anuales. El 40% en caso de familias numerosas con el límite de deducción de 618,6 euros
anuales.

Para obtener esta deducción hay que cumplir los requisitos, como estar al corriente de los pagos a la Seguridad Social como empleador de un hogar; tener contratada a una persona como empleado del hogar por al menos 40 horas mensuales; los ingresos de tu unidad familiar no deben superar un límite establecido basado en el número de miembros de la familia; convivir con la persona por la cual se aplica la deducción (hijos menores de 3 años, mayores dependientes, o personas con discapacidad); y en algunos casos, tanto el contribuyente como el otro progenitor deben estar trabajando o recibiendo ciertas prestaciones durante al menos 183 días del año fiscal.

OTRAS DEDUCCIONES EN MADRID Y QUE NO TIENE CATALUÑA

De vuelta a Madrid y en el caso de adopción internacional, los residentes en Madrid pueden deducirse la misma cantidad y esta opción es compatible con la anterior. Es decir, se ha podido adoptar un hijo en España, otro llegado del extranjero y al mismo tiempo se puede haber dado a luz a un tercero. La cantidad en este caso es exactamente la misma: 721,7 euros por hijo, pero con una salvedad. En el caso de menores extranjeros, la deducción aumenta un 50% y se divide equitativamente entre ellos en caso de tributar por separado si ambos padres adoptivos conviven con el niño.

Pere Aragonès, presidente de la Generalitat, da el hachazo en la Renta 2023
Pere Aragonès, presidente de la Generalitat, da el hachazo en la Renta 2023

Sin salir de la Comunidad de Madrid Por acogida familiar de menores, la cantidad de la deducción en esta Declaración de la Renta 2023 es de 618,60 euros si se trata del primer menor; un montante que asciende a 773,25 euros si se trata del segundo menor; y de 927,90 euros a partir del tercero. Para poder tener derecho, se deberá haber convivido con el menor durante 183 días del año pasado. Además, se tendrá que tener el correspondiente certificado acreditativo del acogimiento, expedido por la Comunidad de Madrid, para poder corroborarlo. Para estos casos, la base imponible no podrá superar los 26.414,22 euros en la tributación individual y los 37.322,20€ en la tributación conjunta.

En Madrid, además, se puede acoger a mayores de 65 años y/o con discapacidad. La cuantía de la deducción en la Renta 2023 alcanza los 1.546,5 euros por cada persona mayor de 65 años una discapacidad mínima del 33% siempre y cuando se haya convivido la mitad del pasado año con el contribuyente, no se hayan obtenido ayudas o subvenciones públicas en la Comunidad de Madrid y que la base imponible no ascienda a más de 26.414,22 euros en la Declaración indivual o los 37.322,2 euros en conjunta.

DESGRAVACIÓN DEL ALQUILER: EL 30% EN MADRID FRENTE AL 10% EN CATALUÑA

Las notables diferencias a la hora de realizar y confeccionar la Declaración de la Renta 2023 entre Madrid y Cataluña es también notable a la hora de declarar las cuotas satisfechas del alquiler. En Madrid se puede desgravar el 30% de los pagos, con un máximo de 1.237,2 euros tanto en la individual como la conjunta.

Para poder acceder a esta deducción, el contribuyente debe tener menos de 35 años, aunque si tiene entre 35 y 40 años podrá hacerlo si se ha encontrado en situación de paro y haya soportado cargas familiares. En el caso individual, la base imponible no podrá superar los 26.414,22 euros mientras que la conjunta alcanzaría los 37.322,2 euros. Asimismo, las cantidades abonadas por el arrendimiento deben superar el 20% de la mencionada suma de bases.

Asimismo, debe haber una copia del resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de Madrid formalizado por el arrendador o una copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haber entregado el justificante.

En Cataluña, la cantidad deducible en la Renta 2023 es del 10% si es para vivienda habitual con un límite máximo de 300 euros anuales y de 600 euros si a cierre del año pasado se tiene en posesión de familia numerosa y se cumplen, además, alguno de los siguientes requisitos: tener 32 o menos años de edad a la fecha del cierre del año -devengo-; haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio; tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%; ser viudo o viuda y tener 65 años o más. Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere los 20.000 euros anuales.

Asimismo, las cantidades satisfechas por las cuotas del alquiler no pueden superar el 10% de los rendimientos netos del contribuyente. Cabe recordar que esta deducción se aplica una única vez por persona, aunque se cumplan los requisitos. En caso de que varios contribuyentes pueden deducirse las cuotas por la misma vivienda, la deducción de 600 euros se repartirá o bien el 10% de las cuotas, pero sin superar ese límite.

DONATIVOS EN LA RENTA 2023 EN MADRID Y CATALUÑA

En Madrid, se pueden desgravar los donativos realizados a fundaciones y clubes deportivos con n máximo del 15% de las cantidades satisfechas. El principal requisito es que no puede superar el 10% de la base liquidable, es decir, la suma de la general y del ahorro.

En Cataluña, se podrá desgravar el donativo realizado a las entidades que fomentan el catalán, como Òmnium Cultural o Plataforma per la Llengua, entre otras. Para ello, el límite será el 15% de la cantidad total satisfecha siempre que sea para el Instituto de Estudios Catalanes, el Instituto de Estudios Araneses o Academia Aranesa de la Lengua Occitana; entidades privadas sin finalidad de lucro, de organizaciones sindicales y empresariales o de colegios profesionales u otras corporaciones de derecho público. El límite máximo será el 10% de la cuota íntegra autonómica y se deberán guardar los justificantes de estos pagos para aplicarse la deducción.

En Cataluña, además, también se premia la donación a entidades que fomentan la investigación
científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos. En concreto, un máximo del 30% de la cantidad donada siempre y cuando hayan ido a parar a las universidades catalanas, los institutos universitarios y otros centros de investigación integrados o adscritos a universidades catalanas. También en los centros de investigación promovidos o participados por la Generalitat, que tengan por objeto el fomento de la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos. El límite máximo de esta deducción es del 10% de la cuota íntegra autonómica.

La suma de dicha deducción junto con la deducción por donativos a favor de entidades sin ánimo de lucro establecida por la normativa del Estado no puede superar en ningún caso el porcentaje de deducción del 100%.

Asimismo, Cataluña incluye también el 15% de las cuotas satisfechas para deducirse las donaciones a determinadas fundaciones o asociaciones que figuren en el censo de entidades ambientales vinculadas a la ecologíay a la protección del medio ambiente, con el límite del 5% de la cuota íntegra satisfecha. Hay que justificarlo adecuadamente.

GASTOS EDUCATIVOS EN MADRID Y CATALUÑA

La deducción por los gastos educativos en Madrid alcanzan el 15% de los gastos por la escolaridad, otro 15% por los gasto de enseñanza de idiomas y un 5% por el uniforme escolar, si es exclusivo del colegio. En ningún caso se podrá deducir más de 412,4 euros por hijo o descendiente; o 927,90 euros por cada uno de los hijos o descendientes, además de por los gastos anteriormente descritos o exclusivamente, por gastos de escolaridad. Este límite será de 1.000 euros por cada uno que cursen durante el ejercicio estudios del primer ciclo de Educación Infantil.

Para las familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos se podrán deducir en la Renta 2023 el 10% del importe resultante de minorar la cuota íntegra autonómica en el resto de las deducciones autonómicas aplicables en la Comunidad de Madrid y la parte de deducciones estatales que se apliquen sobre dicha cuota íntegra autonómica. Los requisitos pasan por tener dos o más descendientes que generen a su favor el derecho a la aplicación del correspondiente mínimo por descendientes establecidos en la ley; y que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, no sea superior a 24.744 euros, según recogen los expertos de Tax Down.

Otro de los cambios realizados por la Comunidad de Madrid se centran en la inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación. En este sentido, se podrá deducir el 40% de tu inversión en acciones o participaciones de nuevas sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, hasta un máximo de 9.279 euros al año; o bien el 50% si inviertes en sociedades anónimas laborales, de responsabilidad limitada laborales, o cooperativas, con un límite de 12.372 euros. También el 50% para inversiones en empresas vinculadas a universidades o centros de investigación, con el mismo límite de 12.372 euros.

Los requisitos se modifican de la siguiente forma. La participación no debe superar el 40% del capital o derechos de voto de la empresa en ningún momento del año; debes mantener la inversión por al menos tres años.

La empresa debe tener su domicilio en Madrid y desarrollar una actividad económica, no solo gestionar patrimonio; para inversiones en empresas nuevas, estas deben tener al menos un empleado a jornada completa desde el primer año; en ampliaciones de capital, la empresa debe haber sido creada en los últimos tres años, y su plantilla debe aumentar tras la inversión y mantenerse así por dos años adicionales. Asimismo, para poder beneficiarse de la deducción, se tendrá que proporcionar detalles específicos en tu declaración de impuestos, incluyendo el NIF de la empresa y el importe invertido.

LOS ÁNGELES BLANCOS EN CATALUÑA

En Cataluña, por su parte, cambian los requisitos por la entrada de un ‘business angel’ -ángel o caballero blanco- para la adquisición de acciones o participaciones sociales. «Esta deducción permite a los inversores rebajar una parte de lo que han invertido en acciones o participaciones de ciertas empresas nuevas o que están ampliando capital», señalan desde Tax Down. Se trata de una fórmula para incentivar la inversión en startups. Para ello, la cuantía de la deducción puede alcanzar el 40% de lo invertido, con un máximo de 12.000 euros. En caso de invertir en empresas vinculadas a universidades o centros de investigación, la deducción sube al 50%, manteniendo el límite de 12.000 euros en la Declaración de la Renta 2023.

Asimismo, la participación del contribuyente en la empresa, junto a la de los familiares de hasta tercer grado, no debe superar el 35% de la compañía. Además, la empresa debe estar constituida legalmente, como SL o SA, y con sede en Cataluña para acogerse a esta reducción, como tener también una actividad real, es decir, que no se haya creado con el fin de gestionar patrimonio y disponer de un empleado a tiempo completo. La empresa tiene que tener una antigüedad de tres años como máximo, no cotizar en Bolsa y no tener más de un millón de euros de facturación al año.

Asimismo, el inversor no puede actuar como ejecutivo, pero sí participar en el consejo de administración; y tendrá que permanecer al menos tres años, un compromiso firmado en la escritura pública. En caso de quebrantar este requisito se perderá el derecho a la deducción y realizar la correspondiente rectificación en la Agencia Tributaria, más los intereses de demora.

MADRID Y LAS INVERSIONES EN STARTUPS

En Madrid, además, también se percibe una deducción a inversiones en el MAB, una cantidad que puede deducirse hasta el 20% de lo invertido en la compra de acciones durante ampliaciones de capital o ofertas públicas, con el límite de 10.310 euros. En este caso, las acciones deben mantenerse como patrimonio al menos dos años, y solo se aplicará a operaciones realizadas después del 23 de febrero de 2010.

La participación no puede superar el 10% del capital social durante los dos años siguientes a la adquisición de las mismas. La sociedad en que se produzca la inversión debe tener durante los dos años siguientes a la misma el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid, y no debe tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.

Esta deducción es incompatible con la deducción «Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación».

CAMBIOS EN AUTÓNOMOS EN MADRID EN LA RENTA 2023

En cuanto a los autonómos menores de 35 años podrán deducirse hasta 1.031 euros en Madrid siempre y cuando se haya dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores. La deducción en la Renta 2023 se practicará en el año en que se produzca el alta en el Censo, mientras que la actividad se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid. Asimismo, debe estar registrado al menos un año y en la tributación de la Renta 2023 conjunta «no se multiplicará el importe de la deducción por el número de miembros de la unidad familiar».

NUEVAS DEDUCCIONES EN MADRID EN LA RENTA 2023

En Madrid se han puesto en marcha nuevas deducciones. Así, por el cuidado de ascendientes de más de 65 años o con discapacidad se aplicará una rebaja de 515,50 euros en la Renta 2023 por cada ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33% por el que puedan aplicarse el mínimo por ascendentes. Para ello, el ascendiente por el cual se solicita la deducción debe ser mayor de 65 años o tener una discapacidad. Se podrá aplicar el mínimo por ascendientes según la ley. «Si hay varios contribuyentes que podrían aplicar esta deducción por el mismo ascendiente, el importe se divide entre ellos por partes iguales», indican desde Tax Down.

Además, el Gobierno de Ayuso ha incluido una nueva deducción de los gastos derivados del arrendamiento de viviendas. Esta deducción ayuda a los dueños de viviendas alquiladas a pagar menos impuestos por el dinero que gastan en cuidar y gestionar esos alquileres. Se puede deducir en la Renta 2023 hasta el 10% de los gastos relacionados con la conservación y reparación de la propiedad, la formalización del contrato de arrendamiento, las primas de
seguros (tanto por daños como por impagos) y la obtención de certificados de eficiencia energética necesarios para el arrendamiento. El límite de esta deducción es de 154,65 euros anuales.

Para ello, se tiene que ser propietario de una vivienda que esté alquilada; y los gastos deducibles incluyen la conservación y reparación de la vivienda, los costos asociados a la formalización del contrato de arrendamiento, las primas de seguros relacionadas y los gastos para obtener certificados de eficiencia energética.

Otra de las novedades es el pago de intereses de préstamos a estudios de grado, máster y doctorado. El contribuyente podrá deducirse en la Renta 2023 el importe de los intereses que hayas pagado en el año por préstamos destinados a financiar estudios de grado, máster o doctorado. En este sentido, se aplicará «solo si el préstamo se usó para tus estudios, los de tu cónyuge, o los de tus hijos (o descendientes)». El préstamo debe provenir de una entidad de crédito y estar claramente destinado a la financiación de estudios universitarios. Por tanto, no puede provenir de un familiar, como padres o hermanos. Además, se necesita un justificante del préstamo y los documentos que muestren la matriculación, entre otros.

Por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de 30 años también hay una reducción fiscal en la Renta 2023. En concreto, el 25% de los intereses del préstamo hipotecario, con un límite de 1.031 euros anuales. Para ello, se debe haber celebrado la compraventa durante el pasado ejercicio. La deducción es aplicable solo hasta el mes antes de que cumplas los 30 años.

COMPRA DE VIVIENDA POR TENER HIJOS EN LA RENTA 2023

Por la compra de vivienda por tener hijos o adoptarlos, se podrá deducir hasta el 10% del precio de la compra. Esta deducción se divide en décimas partes para aplicarse en el año de la compra y los nueve años siguientes, con un límite máximo de 1.546,5 euros al año. Asimismo, la adquisición debe realizarse en los primeros tres años desde el nacimiento o la adopción; así como haberse realizado el pasado ejercicio. Ojo con los requisitos porque esta deducción depende del número de miembros de la unidad familiar, así como sus ingresos.

A estas novedades se suma una más. Por la obtención de la condición de familia numerosa
general o especial. Por este hecho se reducirá el pago de la cuota autonómica en un 50%, hasta un límite de 6.186 euros si tributas solo y de 12.372 euros si se hace la declaración conjunta.

CATEGORÍAS ESPECIALES EN LA UNIDAD FAMILIAR EN LA RENTA 2023

En caso de pertenecer a la categoría especial, «la deducción aumenta al 100% de la cuota
íntegra autonómica
, limitada a 12.372 euros en tributación individual y a 24.744
euros en tributación conjunta». Para cumplir con esta condición hay que tener el título oficial y se reconocerá durante los dos siguientes ejercicios fiscales a partir del pasado año.

Si se pasa de una categoría general a una especial, puedes aplicar la deducción del 100% desde el año en que cambia tu situación y en los dos años siguientes, aunque ya hayas aplicado la deducción para la categoría general anteriormente. La suma de los ingresos de tu familia no debe exceder un límite determinado por la ley, considerando todos los miembros de la familia.