Con la próxima entrada en vigor de la ley de bienestar animal el 29 de septiembre, han surgido en redes sociales diversas publicaciones que mencionan una lista de animales supuestamente prohibidos por el Gobierno. Estos mensajes afirman que la normativa prohíbe la posesión de animales como hámsteres, conejos, periquitos o tortugas, y que los propietarios de estas especies deberán «notificar a sus mascotas» y «entregarlas a las autoridades para su traslado a centros de protección». Sin embargo, esta información es incorrecta y es un bulo que puede dar lugar a numerosos abandonos.
7ESPECIES QUE NO SE CONSIDERAN ANIMALES DE COMPAÑÍA
La disposición transitoria segunda de la ley de bienestar animal recopila las especies que no podrán ser consideradas como animales de compañía debido a motivos de conservación de fauna silvestre amenazada o por su peligrosidad. Estas especies incluyen artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura pueda suponer un riesgo grave para la salud; reptiles venenosos o que en estado adulto superen los dos kilos de peso (excepto quelonios); todos los primates; mamíferos silvestres que superen los 5 kilos en estado adulto; y especies que ya estén incluidas en otras normativas que prohíban su tenencia en cautividad.