lunes, 25 noviembre 2024

Este es el «regalo» que tiene Hacienda para ciertos autónomos

¡Atención, autónomos mayores de 65 años! Si eres uno de esos valientes emprendedores que han decidido no rendirse ante la jubilación, ¡estás de enhorabuena! Hacienda tiene un «regalo» especial para ti, y es que la Seguridad Social ha lanzado una emocionante noticia que te beneficiará enormemente. Aquellos autónomos que opten por continuar con su actividad laboral una vez superada la edad legal de jubilación, y decidan no cobrar la pensión, serán recompensados generosamente. El tesón y la dedicación de los autónomos, a pesar de alcanzar la edad jubilatoria, no pasan desapercibidos para las autoridades.

Con el objetivo de estimular la jubilación activa y recompensar el esfuerzo de aquellos que eligen seguir trabajando, la Seguridad Social ha establecido una bonificación excepcional: ¡nada menos que un 90% de descuento en la cuota de autónomos! En este artículo, exploraremos en detalle los requisitos y beneficios que conlleva esta medida, así como los pasos a seguir para acceder a tan apreciado incentivo. Si estás considerando continuar con tu actividad emprendedora después de la edad de jubilación, no puedes perderte esta valiosa oportunidad que Hacienda tiene reservada para ti. ¡Descubre cómo sacar el máximo provecho de esta bonificación y seguir brillando en el mundo del trabajo por cuenta propia!

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¿Cómo se determina la base de cotización? 

hacienda

La base de cotización de los trabajadores autónomos se determina en función de los rendimientos netos obtenidos durante cada año natural por todas las actividades profesionales o económicas realizadas, tanto a título individual como en asociación con otras entidades, tengan o no personalidad jurídica. Se excluyen los rendimientos netos obtenidos por actividades que requieran estar dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena o asimilados. En caso de realizar simultáneamente otras actividades económicas o profesionales que no requieran estar inscritos en el RETA ni como trabajadores por cuenta ajena, los rendimientos netos obtenidos se toman en cuenta para calcular la base de cotización.

El cálculo del rendimiento neto de cada actividad se realiza conforme a las normas del IRPF, con particularidades según el colectivo al que pertenezcan. Una vez determinados los rendimientos, se utilizan tablas establecidas anualmente por ley, eligiendo entre la base mínima y máxima según el tramo de rendimientos correspondiente y el promedio mensual de rendimientos netos anuales. Para los años 2023, 2024 y 2025, existen 15 tramos de rendimientos con sus bases de cotización mínimas y máximas establecidas. A partir de 2026, se establecerán por ley los tramos y bases de cotización. No obstante, se establecen bases de cotización mínimas específicas para ciertos colectivos, siempre y cuando hayan permanecido de alta un mínimo de 90 días en el año, como familiares y socios de sociedades mercantiles o laborales.