sábado, 23 noviembre 2024

DGT: esta es la multa que puede caerte de la manera más tonta

En marzo de 2022, se implementaron cambios significativos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en España. Estas modificaciones trajeron consigo una serie de novedades que debemos conocer para evitar sorpresas desagradables al volante. Una de las principales reformas normativas fue la penalización con seis puntos del carnet de conducir por sujetar el móvil con la mano mientras se conduce.

Con la creciente dependencia de los dispositivos móviles, esta medida de la DGT busca concienciar sobre los peligros que supone la distracción al volante. Pero no es la única situación en la que podemos recibir una multa inesperada. No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección también se sancionan con cuatro puntos menos en el carnet. Además, se ha establecido la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.

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Procedimientos de notificación de multas de tráfico: ¿Cuándo es posible la notificación posterior?

multa

Según el artículo 89 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, las multas deben notificarse en el acto. Sin embargo, existen cuatro situaciones en las que la Ley permite la notificación posterior: cuando detener el vehículo pueda causar riesgo para la circulación, cuando el conductor no está presente y el vehículo está estacionado, cuando la infracción se registra mediante imágenes identificables y cuando el agente carece de medios para seguir el vehículo. En estos casos, la notificación puede realizarse dentro del plazo legal establecido.

Es fundamental que la notificación se realice adecuadamente, respetando los procedimientos legales y garantizando el derecho del infractor a recibirla y ejercer su defensa. Ante cualquier duda, se recomienda consultar a las autoridades de tráfico para obtener información precisa sobre el estado del caso.

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