lunes, 25 noviembre 2024

Conducir con resaca, ¿está permitido por la DGT?

El consumo de alcohol es muy habitual en situaciones sociales, y son muchas las personas que al terminar su jornada laboral quedan con amigos o compañeros a tomar unos tragos antes de regresar a casa. Por supuesto, los eventos lúdicos de fin de semana están acompañados por alguna copa. Los españoles consumimos de media hasta 11,2 litros de alcohol al año: 15,9 para los varones y 6,7 para las mujeres. Uno de los principales problemas con esto es que después de beber hay que volver a casa. ¿Qué pasa con la resaca del día después?

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TASAS DE ALCOHOL PERMITIDAS POR LA DGT

La DGT siempre señal que la única tasa de alcohol para conducir es cero, en lo que se refriere a multas, sí que existe un margen. Si al soplar se detecta una cifra superior a los 0,25 miligramos por litro en aire espirado, o 0,50 gramos por litro en sangre, el coche debe ser inmovilizado de inmediato. Cuanto más se sobrepase la tasa, más se puede incrementar la gravedad de la sanción. Los conductores noveles y los profesionales no pueden superar 0,15 miligramos en aire espirado y de 0,30 gramos por litro en sangre. Dar positivo en alcohol supone una multa de 200 euros y la retirada de cuatro o seis puntos del carné.

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