lunes, 25 noviembre 2024

Conducir con resaca, ¿está permitido por la DGT?

El consumo de alcohol es muy habitual en situaciones sociales, y son muchas las personas que al terminar su jornada laboral quedan con amigos o compañeros a tomar unos tragos antes de regresar a casa. Por supuesto, los eventos lúdicos de fin de semana están acompañados por alguna copa. Los españoles consumimos de media hasta 11,2 litros de alcohol al año: 15,9 para los varones y 6,7 para las mujeres. Uno de los principales problemas con esto es que después de beber hay que volver a casa. ¿Qué pasa con la resaca del día después?

5
LA DGT SOLO TE PUEDE MULTAR SI SOBREPASAS LA TASA PERMITIDA

Como vemos, las alteraciones que provoca la resaca son suficientes para generar malestar e incapacidad para conducir de forma segura. A ello hay que sumarle síntomas tan molestos e incompatibles con la conducción como el dolor de cabeza, los mareos o la hipersensibilidad lumínica. ¿Significa esto que la DGT puede multar a un conductor por conducir con resaca? Todo depende de la cantidad de alcohol que quede en su sangre. Es decir, la resaca en sí misma no es motivo de multa, como tampoco lo es conducir con un catarro. Pero sí puede ocurrir que el organismo aún no haya procesado el alcohol y se sobrepase la tasa permitida.