Para obtener el permiso de conducir, necesitamos pasar favorablemente un informe médico que verifique nuestro estado. La DGT es muy rigurosa con esto, también en el caso de las renovaciones. Tener el carnet es una gran responsabilidad como ciudadanos y dárselo a alguien que no está en sus plenas facultades puede ser un error fatal. La Dirección General de Tráfico tiene una lista de enfermedades que son incompatibles con la conducción. El usuario que las sufre, debe olvidarse definitivamente de su carnet de conducir.
5Qué enfermedades respiratorias estipula la DGT para no conducir
Dentro de esta agrupación, la DGT nombra a las disneas permanentes en reposo o de esfuerzo leve. Los que presentan apnea del sueño, deben tener el informe satisfactorio y aún con el documento, se abre un período de vigencia para conseguir o prorrogar el permiso de un máximo de tres años. El período de vigencia en el caso de las enfermedades oncológicas es de un año teniendo un informe favorable, pudiendo llegar a los cinco años, si no hay un tratamiento activo o no existen evidencias de enfermedad en curso. Los ciudadanos con trastornos oncohematológicos no pueden renovar hasta que pasen 10 años.