Uno de los períodos donde más tensión hay es la época en la que hacemos la declaración de la renta. Cuando nos toca pagar, a veces aparecen cantidades que no esperábamos y nos vemos obligados a modificar varios planes de nuestra vida. En cambio, cuando la Agencia Tributaria nos tiene que devolver, entramos en estado de ‘shock’, pero para bien. La principal duda cuando nos vemos involucrados en esta situación es cuándo nos van a ingresar ese dinero en nuestra cuenta.
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En el caso de tener varios pagadores, el segundo o siguientes no pueden superar los 1.500 euros brutos anuales. Por ejemplo, si has tenido un primer empleador que te pagaba 18.000 euros brutos anuales y otro con el que ganaste 1.000 y luego otro que te pagó 200 estarás exento. En caso contrario, sí tendrás que presentarte como el resto de los ciudadanos que cumplen estas características. También están incluidos en el ‘ranking’ de personas que deben hacer la declaración aquellos que reciban pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, ERTE, pensiones compensatorias o pagos por bajas médicas, según recoge “El Mundo”.