El Consejo de Ministros aprobará este lunes, en segunda vuelta, el anteproyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales, que endurece las penas por maltrato a través de una reforma del Código Penal, según han detallado fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, departamento impulsor de la iniciativa.
A su vez, se prohíbe la utilización de animales en actividades y espectáculos en los que puedan sufrir daño, crueldad o muerte, como las peleas de gallos o el tiro al pichón.
De esta forma, el proyecto legislativo vuelve al Consejo de Ministros seis meses después de la primera aprobación y estará listo para iniciar su tramitación parlamentaria. Se trata de una de las iniciativas centrales para Unidas Podemos, socio minoritario de la coalición, que ya demandó el año pasado su agilización.
En el departamento que dirige Ione Belarra destacan que se trata de una norma «pionera» para «proteger y garantizar» los derechos de los animales, estableciendo un marco legal común para el conjunto del territorio, y sus objetivos son «poner fin al maltrato, abandono y sacrificio de los animales«.
Así, el anteproyecto contempla el endurecimiento del delito por maltrato, que en caso de resultado de muerte llega penas de hasta los 24 meses, que se elevarán hasta los 36 meses en el caso de que concurra más de un agravante.
SACRIFICIO CERO Y LA CRÍA SOLO EJERCIDA POR PROFESIONALES
Además, se incluye en estos supuestos a todos los animales vertebrados, como por ejemplo los jabalíes, cuyo maltrato no conllevaba reproche penal hasta ahora.
La ley también contempla la prohibición de sacrificio de animales de compañía (principio de ‘sacrificio cero’), salvo que concurran motivos sanitarios y eutanásicos.
También potencia la lucha contra el abandono de animales, pues se estima que cada año en España se dejan a su suerte unos 300.000 ejemplares, lo que equivale a 800 al día. Para ello, se establece que todas las mascotas deberán estar identificados y la cría solo podrá ser ejercida por criadores registrados y profesionales.
PROHIBIDO COMERCIALIZAR PERROS Y GATOS EN TIENDAS
Por otro lado, se prohíben los circos con animales y la comercialización de perros, gatos y hurones en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.
Asimismo, los zoos y delfinarios se reconvertirán, tal y como planea el anteproyecto, en centros de recuperación de especies autóctonas.
El texto normativo ya señalaba en febrero que en España uno de cada tres hogares posee un animal de compañía y 13 millones de animales están registrados e identificados, pero se estimaba que la mitad de los animales de compañía existentes se encuentran fuera del control oficial, al no estar identificados de manera legal, con el riesgo que ello supone, no solo para su adecuada protección sino también para la propia seguridad y salud pública.
De esta reforma legal quedan excluidos los animales de los espectáculos taurinos, los animales de producción, los animales de experimentación e investigación, incluida la docencia.
Sin embargo, sí quedan incluidos los perros de caza, que deberán quedar inscritos como tal en el nuevo Registro de Animales de Compañía y deberán estar vinculados a la licencia de caza de su titular y prevé la esterilización de estos si se mantienen en el exterior de viviendas o pueden tener contacto no controlado con otros, entre otras medidas o si conviven en el mismo espacio canes de distinto sexo.