Es una pregunta que quizá la mayoría no se ha hecho nunca, pero no por ser o no lógica, sino porque ni se nos pasaba por la cabeza esa cuestión. Y es que teniendo plaza de garaje no te planteas otra cosa que tener la llave para sacar y meter tu vehículo y ya está. Sin embargo, ¿ser propietario solo de un garaje ya te da derecho a otros usos comunitarios de donde está la plaza? Y si el garaje está en una urbanización o bloque con piscina comunitaria, ahora de cara al verano y más aún con estas olas de calor, es una pregunta de lo más oportuna. Veamos si te podemos dar o no una gran alegría.
3¿PLAZA DE GARAJE Y CON DERECHO A PISCINA?
Pues tenemos malas noticias. Efectivamente, si ya además el Tribunal Supremo ratifica la razón de la comunidad de propietarios, al margen de estatutos, hace imposible que puedas usar legalmente la piscina de la comunidad donde compraste tu plaza de garaje, si no eres obviamente propietario también de una vivienda.
El Supremo dio como razón principal la propia ley, que no recoge que se autorice al uso de esos espacios si no eres propietario de una vivienda. La prueba es que el que posee una plaza de garaje no tiene que costear los gastos de la comunidad, ni proporcional ni absolutamente.