Faltar sin justificación a la mesa electoral después de que te haya tocado ser presidente, vocal o suplente, supone quebrantar la Ley Electoral. Habrá quien no pueda por motivos laborales, personales, o por problemas de salud. Pero la ley es bastante explícita en cuanto a las excusas y justificaciones. Debes tener en cuenta que no toda excusa es válida, como tampoco lo es alegar ignorancia o declararse objetor de conciencia por no estar de acuerdo con el sistema político. Por esto, si te han convocado para estas elecciones en Andalucía, te contamos cómo librarte si te toca.
1Elecciones: plazo para avisar para alegar ante la Junta Electoral
Tras recibir la carta para ser parte de las elecciones como presidentes o vocales, se dispone de una semana para alegar ante la Junta Electoral de Zona el motivo justificado que les impide acudir a la cita. A partir de ahí se abre un proceso que determina si se acepta o no la causa expuesta. No obstante, existen algunos casos de personas que pueden quedar exentas de desempeñar esta tarea, aunque, de todos modos, deben comunicárselo a la Junta Electoral de Zona para que se proceda a darle el aviso al suplente.