El Programa Kit Digital es una iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, dirigida a pymes y autónomos. Con este programa el Gobierno de España pretende acompañar a estos emprendedores en su proceso de transformación digital, subvencionando la implantación de distintas soluciones digitales, de forma que los negocios puedan mejorar y evolucionar en el ámbito tecnológico.
Este programa cuenta con un presupuesto de más de 3.000 millones de euros para el periodo de 2021 a 2023, y se engloba en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de las PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea.
¿Qué es el Kit Digital?
Con el Kit Digital se ofrece un bono digital con una determinada cuantía (entre 2.000 € y 12.000 €) y se tiene acceso a un catálogo con distintos servicios y soluciones digitales, ofrecidas por diversos agentes digitalizadores que participan en la iniciativa. Por lo tanto, son los empresarios y autónomos quienes deben administrar la cuantía asignada escogiendo una o varias de esas soluciones digitales.
En concreto, los servicios ofertados en el catálogo se dividen en distintas categorías: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de procesos, gestión de clientes, servicios y herramientas de oficina virtual, business intelligence y analítica, factura electrónica, ciberseguridad y comunicaciones seguras.
La elección de cada solución digital dependerá de las necesidades concretas que se tengan en cada caso. Lo que está claro es que la forma de ganar visibilidad y de captar clientes para autónomos y empresas ha cambiado, y que esta iniciativa puede suponer un gran impulso para que estos negocios puedan adaptarse a esa nueva realidad.
¿Quién puede solicitar el Kit Digital?
El programa está dirigido específicamente a autónomos, pequeñas empresas o microempresas (negocios con entre 1 y 49 trabajadores), independientemente del sector profesional al que pertenezcan o del tipo de negocio.
No obstante, aparte de este, hay otros requisitos que es necesario cumplir para poder acceder a las ayudas del Kit Digital:
- Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral) y tener la antigüedad mínima establecida por convocatoria.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de todas las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar sujeto/a a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones que se prevén en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación de Nivel de Madurez Digital, según el test de diagnóstico que hay disponible en la plataforma Acelera pyme.
Dependiendo de la categoría de la empresa y del número de empleados, las compañías que pueden beneficiarse de este programa pueden clasificarse en pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados (Segmento I), pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y 9 empleados (Segmento II) y pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y 2 empleados (Segmento III). Este es un dato importante a tener en cuenta para saber a qué convocatoria hay que acogerse en cada caso.
Por otro lado, también se establecen una serie de restricciones para acceder a la ayuda, por lo que no podrán beneficiarse del bono digital las personas físicas o jurídicas que sean agentes digitalizadores adheridos a la iniciativa, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para prestar las soluciones de digitalización.
Sea como sea, hay que tener en cuenta que cada convocatoria para las ayudas irá dirigida a un segmento distinto y que los requisitos para acceder a esas ayudas o bono digital pueden variar ligeramente en cada caso.
Por ejemplo, en la convocatoria de ayudas para el segmento uno también se restringe el acceso a empresas de naturaleza pública y entidades de derecho público, y a colegios profesionales, comunidades de bienes, sociedades civiles, comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal u otros tipos de unidades económicas o patrimonio separado que no tengan personalidad jurídica.
¿Cómo se solicita la ayuda?
Los pasos para solicitar el bono digital son los siguientes:
- Registrarse en Acelera pyme y completar el test de autodiagnóstico que permite saber el nivel de digitalización de la empresa.
- Consultar cuáles son las soluciones de digitalización disponibles y escoger las que mejor encajen con lo que se necesita.
- Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es y completar los pasos del formulario.
Después, para utilizarlo solo hay que acceder al catálogo de agentes digitalizadores adheridos y decidir con quién se quiere desarrollar la solución digital, ponerse en contacto con ellos y suscribir un acuerdo de prestación de soluciones de digitalización.
Para obtener más información sobre el bono Kit Digital, visita Acelera pyme.
¿Qué plazos hay para solicitarlo?
El bono digital para pymes de entre 10 y 49 empleados puede solicitarse desde el 15 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2022. La adjudicación se otorga por orden de llegada de las solicitudes, hasta que se acabe el plazo o los fondos.
En cuanto al plazo máximo para formalizar el acuerdo de prestación de soluciones de digitalización para recibir la ayuda del Kit Digital, es de 6 meses desde que se notifica la resolución de concesión de dicha ayuda.
Por otro lado, se prevé que el próximo mes de junio se abra el plazo para solicitar esta ayuda en el caso de las pymes de entre 3 y 9 trabajadores. Y está previsto que entre septiembre y octubre de 2022 se abran las solicitudes para las pequeñas empresas de entre 0 y 2 empleados.