Son muchos los conductores que, en alguna ocasión a lo largo de su vida, han sido sancionados con una multa de tráfico. Las causas pueden ser muy diversas, desde haber aparcado en un lugar inapropiado como por utilizar un dispositivo móvil al volante o tras haber sido «pillado» en uno de los radares de la DGT, entre otros.
Independientemente de la causa, existe un plazo para hacer frente al pago del importe económico de la misma. Sin embargo, muchas personas desconocen las consecuencias que tiene el no pagar una multa de tráfico de la Dirección General de Tráfico. Te hablamos de ellas.
2LA VÍA EJECUTIVA
Si tras haber recibido una multa de la Dirección General de Tráfico (DGT) no se abona el importe de la misma acogiéndose al descuento por pronto pago; o bien si se tiene la intención de no pagar la multa, se da inicio a una nueva fase, conocida como vía ejecutiva.
De esta manera, en el caso de que no haya recurso sobre la multa ni se haya abonado la cuantía de la misma, la sanción pasa a ser firme. En este caso, la multa llegará con un recargo del 5%; y desaparecerá la posibilidad de beneficiarse del descuento del 50% reservado para los primeros 20 días hábiles tras la notificación.
Este proceso se efectúa de manera automática, y sin que sea necesario avisar al infractor.