jueves, 12 diciembre 2024

Condenan a una mujer a un año y medio de cárcel por apuñalar a su hija tras tener sexo con su pareja

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una mujer a un año y medio de cárcel por apuñalar a su hija tras mantener relaciones sexuales con su pareja sentimental.

Así se desprende de la sentencia, en la que el tribunal condena a la mujer por un delito de lesiones con uso de arma y le aplica la circunstancia de parentesco como agravante y las de atenuantes de arrebato u obcecación, confesión y reparación parcial del daño. Fiscalía le pedía 13 años de prisión por un delito de asesinato en tentativa.

La mujer, representada por Javier Ruiz Blay, se personó el 5 de junio de 2018 en dependencias policiales para comunicar que sospechaba que su hija, de 16 años, desde hacía tiempo mantenía relaciones con su propia pareja.

Seguidamente se exploró a la menor y ésta relató que con 15 años, desde septiembre de 2017, había mantenido relaciones con la pareja de la madre y dijo que estaba residiendo en una vivienda de Xirivella cuyo alquiler pagaba él.

Por estos hechos se instruyó un atestado que se trasladó al juzgado y la madre manifestó que hasta que se solucionaran las cosas, su hija acudiría a residir temporalmente con una tía materna en Benetússer.

El día 25 de junio de 2018, la madre, después de comer, recogió a su hija y ambas regresaron al domicilio familiar, en Aldaia, donde mantuvieron una discusión. La mujer, entre gritos, le decía a su hija «puta, no tenía que haberte liado con él» y su hija le contestaba que ella no valía como mujer, que era vieja, con 35 años, y que ella era joven y podía satisfacerlo.

En el transcurso de la pelea, la mujer golpeó a la hija y, con la intención de acabar con su vida, cogió un cuchillo de 13 centímetros de puño y 20 de hoja y se le clavó en el cuello y en la espalda.

Al oir los golpes y gritos, la hija pequeña de la mujer y su pareja, de 12 años, que estaba en su habitación, acudió a la cocina y vio a su hermana sangrando en el suelo. Cogió el cuchillo y lo escondió en un barreño con ropa.

La madre llamó entonces al servicio de emergencias 112 e informó de que accidentalmente había clavado un cuchillo en la espalda de su hija menor de 16 años.

En la vivienda se personaron agentes de Policía, que hallaron a la menor tumbada en el suelo, sobre un gran charco de sangre, semiinconsciente, y le taponaron la herida. Solicitaron un médico y trataron a la joven hasta que fue intervenida quirúrgicamente.

SIEMPRE HA RECONOCIDO

La vida de la víctima se puso en peligro atendidos el arma empelada por la procesada, las heridas múltiples causadas por arma blanca, las zonas del cuerpo a las que se dirigió la agresión, el número de agresiones, y las circunstancias en la que se produjo el ataque a la menor. La madre siempre ha reconocido haber clavado a su hija el cuchillo causándole las lesiones.

El tribunal condena a la madre al afirmar que ésta actuó con ánimo de matar, «no pudiéndose negarse que actuó con conciencia del riesgo que creaba para la vida de la víctima y, a pesar de ello, ejecutó su acción, por lo que la conclusión correcta y única razonable es que estamos ante un delito de homicidio», expone.

Sin embargo, aprecia el desestimiento de la acción homicida al constatarse que dejó de agredir a su hija tras hendirle el cuchillo tres veces, que no le causaron la muerte inmediata por puro azar, y avisó de inmediato a los servicios de emergencias para que asistieran urgentemente a su hija.